miércoles, 9 de septiembre de 2026

Sobre divorciados vueltos a casar. Nueva nota conjunta

Continuamos con nuestra serie de notas preparatorias al gran encuentro en el Vaticano del 7 al 14 de octubre de 2026, que el papa León XIV ha convocado, asamblea que estará centrada en la familia y en la exhortación Amoris laetitia. Será una reunión sinodal con presidentes de Conferencias Episcopales y jefes de Iglesias orientales para profundizar en la recepción de este documento del papa Francisco. Los temas principales serán: la realidad y belleza de las familias actuales, los jóvenes y la vocación matrimonial, los primeros años de matrimonio como etapa decisiva, el acompañamiento en las dificultades de la vida, las familias cristianas como sujetos de misión. Como aporte de este blog a la reflexión preparatoria de este magno encuentro seguimos publicando en estos meses varios artículos del padre Giovanni Cavalcoli durante los años 2014 a 2016, referentes a los dos Sínodos sobre la Familia y a la exhortación Amoris laetitia. Sin embargo, tenga en cuenta el lector que el presente artículo del padre Cavalcoli es anterior a la publicación de Amoris laetitia. [En la imagen: fragmento de "El Señor y la Señora Andrews", óleo sobre lienzo, 1749, obra de Thomas Gainsborough, conservado y expuesto en la National Gallery, Londres].

Sobre divorciados vueltos a casar. Nueva nota conjunta

(Traducción al español del artículo del padre Giovanni Cavalcoli, escrito conjuntamente con el padre Ariel S. Levi di Gualdo, y publicado en el blog L’Isola di Patmos el 4 de noviembre de 2015. Versión original en italiano: https://isoladipatmos.com/sui-divorziati-rispostati-nuova-nota-dei-padri-dellisola-di-patmos/)

"Jesús les dijo: Si Moisés os dio esta prescripción fue debido
a la dureza de vuestro corazón. Pero desde el principio de la creación,
Dios los hizo varón y mujer. Por eso, el hombre dejará a su padre y a su madre,
y los dos no serán sino una sola carne. De manera que ya no son dos,
sino una sola carne. Que el hombre no separe lo que Dios ha unido" (Mc 10,5-9)

Un punto que es necesario poner en luz y sobre el cual quizás no hemos insistido lo bastante en las respuestas y en los contradictores, es que la expresión "divorciados vueltos a casar", que ahora ha entrado en uso, es una expresión equivocada desde el punto de vista de la moral católica, tomada como lo es del lenguaje de la ley civil, que admite el divorcio, mientras que sabemos bien cómo el Evangelio lo prohíbe.
Sin querer rechazar esta expresión, cosa ahora imposible, pero para iluminar verdaderamente la cuestión a la luz de la moral católica, nosotros los católicos deberíamos decir, según el lenguaje tradicional de la Iglesia, que se trata de adúlteros concubinos. Por lo tanto, si ellos han disuelto el precedente matrimonio desde el punto de vista civil, y si este matrimonio fue un sacramento, está claro que tal matrimonio, si es válido, sigue siendo válido.
El temor de algunos, de que si el Santo Padre debiera conceder la Comunión a los divorciados vueltos a casar, cumpliría con ello por tanto un atentado a la indisolubilidad del matrimonio, no tiene ningún fundamento dogmático; y de este modo viene confundida la ley civil con la ley eclesiástica.
La eventual concesión de la Comunión, no supondría en absoluto por parte de la Iglesia que el precedente matrimonio religioso deba considerarse disuelto, aunque se haya producido el divorcio civil, mientras que sigue siendo siempre validísimo para la eternidad, si ha sido un auténtico sacramento.
Es por lo tanto éste el verdadero marco en el cual, según la moral católica, debe ser situada en modo conveniente y fructífero esta grave cuestión de los divorciados vueltos a casar. Quien, por tanto, sostiene la oportunidad de que se les conceda la Comunión, debe demostrar que tal concesión no sólo no conlleva ni supone vulnus, sacrilegio o perjuicio alguno para la validez del precedente matrimonio, sino que puede armonizarse, a pesar de todo, con un conveniente respeto de este vínculo precedente, de hecho para sacar precisamente de este pasado compromiso, ahora ya no practicable, por más que pueda parecer paradójico, fuerzas para vivir en gracia la nueva convivencia.
En efecto, aquello que puede conectar y crear continuidad entre la unión de antes y la actual, por más que estén objetivamente en contraste entre sí, es la conciencia, como se supone, de haber vivido en gracia en la precedente unión y de vivir en gracia en la nueva, no obstante el pasado pecado de adulterio, que sin embargo ahora se supone perdonado por Dios.
La Iglesia podría imponer a los convivientes la obligación de mantener, si es posible, buenas relaciones con el cónyuge precedente, de sostenerlo económicamente, si tiene necesidad, y, si es posible, de tomarse cuidado de eventuales hijos tenidos en el precedente matrimonio.
En el nuevo vínculo, los vueltos a casar deberían mantener un recuerdo objetivo, sereno y amigable del cónyuge precedente, dispuestos a perdonar los agravios recibidos, aún cuando se diera el caso de que el cónyuge conservara sentimientos hostiles y no perdonara.
Por lo tanto ninguna damnatio memoriae; al contrario, aun cuando esto puede costar al propio orgullo o al propio comprensible resentimiento, los dos deberían siempre recordar ante Dios al precedente cónyuge y agradecer a Dios por todo el bien y los dones recibidos de Dios en el precedente matrimonio. Deberán también recordar con gratitud ante Dios todo el bien que se han querido, quizás durante largos años, todos los acontecimientos felices y todas las experiencias positivas.
En efecto, incluso si los hombres han tratado de dividir con vanas y falsas "leyes civiles" aquello que Dios había unido, el sagrado vínculo libremente contraído por la pareja delante de Dios en el momento de la celebración del sacramento, es absolutamente indisoluble, porque nadie puede separar aquello que Dios ha querido unir para la eternidad, tanto que los cónyuges que se han separado, para ser dignos del premio celestial, deben esperar reconciliarse y reunirse en el cielo para siempre, renovando los sagrados compromisos pisoteados en este mundo.
Muy insensata, escandalosa, vergonzosa, sapiens haeresim e indigna del nombre cristiano ha sido, por tanto la propuesta, en ocasión del Sínodo, del teólogo Giovanni Cereti, quien se ha atrevido a fundamentar la admisión de la pareja a los sacramentos sobre una por él supuesta facultad de la pareja de "anular el signo sacramental del matrimonio", una vez por ellos constatada la imposibilidad de mantener la unión. Al contrario, es precisamente en nombre del respeto a la dignidad de los sacramentos como medios ordinarios de salvación, que la Iglesia maternalmente y providentemente obra siempre todo lo posible para asegurar la posibilidad de salvación incluso en las situaciones humanas más degradadas y desordenadas, conscientes del hecho de que Dios extiende su misericordia mucho más allá de la limitada aunque preciosa praxis sacramental de la Iglesia.
   
P. Giovanni Cavalcoli
P. Ariel S. Levi di Gualdo
2 de noviembre de 2015

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