martes, 15 de septiembre de 2026

Amoris laetitia, el documento del Papa Francisco sobre el Sínodo de la familia

Como sabemos, el papa León ha convocado un gran encuentro en el Vaticano del 7 al 14 de octubre de 2026, centrado en la familia y en la exhortación Amoris laetitia. De ahí que seguimos publicando aportes para la reflexión preparatoria con varios artículos del padre Giovanni Cavalcoli escritos durante los años 2014 a 2016, referentes a los dos Sínodos sobre la Familia y a la exhortación Amoris laetitia. En el texto de hoy se muestra cómo la exhortación Amoris laetitia constituye una síntesis doctrinal y pastoral que reafirma los fundamentos de la fe y la razón acerca del matrimonio y la vida familiar. [En la imagen: fragmento de "Los Guillemet en el invernadero", óleo sobre lienzo, 1879, obra de Édouard Manet, conservado en la Alte Nationalgalerie, Berlín].

Amoris laetitia, el documento del Papa Francisco
sobre el Sínodo de la familia

(Traducción al español del artículo del padre Giovanni Cavalcoli publicado en el blog L’Isola di Patmos, el 17 de abril de 2016. Versión original en italiano https://isoladipatmos.com/amoris-laetitia-il-documento-del-santo-padre-francesco-sul-sinodo-della-famiglia/)

La Exhortación post-sinodal Amoris Laetitia del papa Francisco es una suma doctrinal y pastoral de la familia cristiana, una síntesis rica, completa y bien ordenada del actual pensamiento de la Iglesia acerca del tema. Amoris laetitia reafirma las verdades fundamentales de razón y de fe, que se refieren al matrimonio y a la familia, delinea sus características, sus finalidades y sus propiedades tal y como las ha querido el Creador, quien, mediante la misión y la obra de Cristo, ha concedido a la Iglesia y a la sociedad civil legislar con mayor precisión en la materia, según los tiempos y los lugares, teniendo en cuenta la fragilidad humana y pecaminosidad consecuente al pecado original, a fin de asegurar en la mayor medida posible a la familia el máximo del ejercicio de las virtudes, sobre todo de la caridad, que florece en la laetitia amoris.
El Papa compara también la verdadera y sana concepción de la familia, con ciertas ideas, hábitos y prácticas aberrantes y malsanas, que contrastan con el plan del Creador, la justa concepción del varón y de la mujer, la recta razón práctica, el proyecto de Cristo, las leyes de la Iglesia, el bien de la sociedad civil, el progreso humano y la misma verdadera felicidad de la pareja, impidiendo la laetitia amoris. Pero, antes de empezar a tratar de temas morales, pastorales, psicológicos, educativos, culturales, eclesiales, civiles, jurídicos y espirituales sobre la familia, el Papa tiene la feliz idea de partir desde muy lejos, es decir, desde los fundamentos absolutos, inviolables e inmutables, metafísicos, teológicos y antropológicos de todo el tratamiento, sin los cuales faltarían las razones de fondo, la consistencia teórica y la orientación esencial.
En efecto, el Sumo Pontífice sabe muy bien que, para descubrir y llevar a la luz las causas profundas de los males, que hoy afligen a la familia, para ponerles remedio y para corregir las ideas equivocadas y los malos comportamientos y hábitos, que la corrompen y la destruyen, es urgentemente necesario recuperar la concepción realista del conocimiento ¹, para así poder ir con seguridad y objetividad a las raíces de la visión misma de la realidad, de la concepción del hombre, de Dios y de lo creado, tal como nos viene enseñado por la Sagrada Escritura, por la Tradición eclesial y por la sana filosofía.
Al inicio del documento, el Santo Padre nos advierte solemnemente con las siguientes palabras, como para darnos la clave de acceso y el criterio para captar el correcto sentido y eliminar cualquier instrumentalización: "No caigamos en el pecado de pretender sustituir al Creador. Somos creaturas, no somos omnipotentes. Lo creado nos precede y debe ser recibido como don. Al mismo tiempo, somos llamados a custodiar nuestra humanidad, y eso significa ante todo aceptarla y respetarla como ha sido creada" (n.56).
En unas pocas y densas líneas, para meditar prolongadamente y hacer fructificar, tenemos una síntesis de metafísica, de teología, de antropología, de gnoseología y de moral. El Papa, en efecto, recuerda aquello que ha sido el pecado original y que es el pecado del ateísmo y del panteísmo contemporáneos: pretender sustituirnos al Creador. O el hombre que se hace Dios y se identifica con Él o el hombre que niega a Dios y se pone en su lugar. Desgracia gravísima en uno como en otro caso.
En tal caso, el hombre no admite un ser, un real como presupuesto de su pensamiento, una realidad presupuesta, que lo preceda, realidad, que por lo tanto no ha creado él, sino que la ha creado Dios. No admite esto, para no admitir un Dios creador, trascendente, que también creó al hombre. No. El hombre pretende que el ser se identifique con su pensamiento y sea, por tanto, un efecto de su pensamiento, robando a Dios su prerrogativa, por la cual en Él y sólo en Él, Ser y Pensamiento subsistentes, lo real es causado y querido por lo ideal, en el caso, por el Logos divino.
Por lo tanto, nos explica el Papa, el hombre que se considera "omnipotente", no se considera creatura, sino como creador de sí mismo. No recibe de ningún Dios ningún don, porque todo lo hace por sí mismo, se basta a sí mismo, todo lo decide él, incluso los términos de la naturaleza humana, lo cual no es un dato fijo, objetivo, universal e inmutable, establecido por Dios, sino que en cambio él puede plasmar y cambiar subjetivamente como quiera. Y por lo tanto, le corresponde a él establecer la ley moral. No tiene ningún Dios a quien agradecer, o al cual pedir ayuda o perdón o misericordia, ya que él, siendo ley para sí mismo, no debe rendir cuentas ante nadie, sino que está en grado y es capaz de resolver todos sus problemas por sí mismo.
Las consecuencias en moral de estos errores, en particular en el campo de la antropología sexual, son claras. Según tales errores, la distinción varón-mujer no es intocable, ni está establecida por Dios, sino que es un simple dato de hecho contingente, que no excluye, sino que efectivamente admite la posibilidad de formas diversas de sexualidad, creadas por el hombre. He aquí la teoría del gender.
El Papa, en cambio, recuerda que la ley moral natural está establecida por Dios y es, por lo tanto, inviolable. En el caso específico del matrimonio, ello es de por sí un valor natural, elevado por Cristo a la dignidad de sacramento. La Iglesia y el Estado, cada uno en su orden, tienen facultad, derecho y deber de legislar, disciplinar y regular en esta materia, pero siempre en aplicación de las leyes divinas. Ellas son inmutables, mientras que las leyes humanas, tanto las de la Iglesia como las del Estado, pueden cambiar.
El Papa precisa luego la naturaleza de la guía moral y pastoral de las acciones humanas, que no pueden satisfacerse con las abstracciones de la ley o de la norma, sino que supone una lectura atenta de las circunstancias, de las variedades de los casos y las situaciones, para así poder determinar u ordenar, con prudencia, justicia y caridad, el acto particular o concreto a cumplir.
Entre los muchos temas tratados, desearía centrarme sobre dos cuestiones, que durante muchos años han polarizado la atención de la Iglesia, de los obispos, de los moralistas, de las familias y del propio mundo laico: la primera, si es oportuno o no que la Iglesia conceda la Comunión eucarística a los divorciados vueltos a casar. Y la segunda, el juicio moral que debe darse a las uniones estables de personas homosexuales. El Santo Padre, en los nn. 243 y 298, habla de las condiciones humanas y morales de las parejas del primer caso, pero no entra en la cuestión. Lo que quiere decir evidentemente que él confirma las disposiciones de san Juan Pablo II contenidas en el n.84 de la encíclica Familiaris consortio. ²
El Papa ha preferido insistir, en esos números y otros, tanto en el presentar modalidades, formas y circunstancias diversas de esas parejas, como en el dar indicaciones a los pastores, obispos y sacerdotes, y a las propias familias regulares, sobre cómo ayudar y acompañar con sabio discernimiento a esas parejas, en un camino de conversión, penitencia y crecimiento moral, dedicándose a las buenas obras y a la educación de los hijos, al servicio de la Iglesia y de la sociedad, esforzándose por vivir en gracia de Dios, precisando que, si bien no están excomulgadas, no están en plena comunión con la Iglesia.
El Papa precisa que estas parejas, si bien están ubicadas en un estado de vida irregular, pueden sin embargo y deben mantenerse en gracia y recibir de Dios el perdón de los pecados, si bien esto no suceda mediante el sacramento de la penitencia, que a ellos no les es concedido, sino simplemente gracias a la presencia eficaz y directa de la misericordia de Dios.
El Papa, por ende, responde a la dificultad planteada por quienes sostienen que, al estar estas parejas en un estado de vida que impulsa al pecado, no pueden estar en gracia. Un estado de vida, explica el Papa, puede ser peligroso, pero eso no quiere decir que quien vive en ese estado no pueda estar en gracia y, por otra parte, precisamente el impulso al pecado hace que la culpa disminuya, ya que nadie está obligado a cumplir un acto que supera las propias fuerzas.
La norma que prohíbe a los divorciados vueltos a casar el acceder a la Santa Comunión, es una norma que depende del poder de las llaves, o sea es una ley eclesiástica, que no deriva de la ley divina en modo unívoco, necesario y sin alternativas, como si fuera una deducción silogística, casi como que, tal como algunos creen, una eventual modificación, abolición o mitigación de la actual disciplina introducida en un mañana por el Papa, causaría perjuicio u ofensa a la ley divina y a la dignidad cristiana del matrimonio. Por el contrario, todo esto cae dentro de las facultades del Sumo Pontífice como supremo Pastor de la Iglesia. Si no ha considerado su deber hacer esto, dejando sin cambios la ley de san Juan Pablo II, quiere decir que ha tenido buenas razones para hacerlo, y nosotros, como buenos católicos, acogemos dócil y confiadamente las decisiones del Vicario de Cristo.
Pasemos ahora a la segunda cuestión. El Santo Padre dice: "251. En el curso del debate sobre la dignidad y la misión de la familia, los Padres sinodales han hecho notar que los proyectos de equiparación de las uniones entre personas homosexuales con el matrimonio, «no existe ningún fundamento para asimilar o establecer analogías, ni siquiera remotas, entre las uniones homosexuales y el designio de Dios sobre el matrimonio y la familia [...] Es inaceptable que las iglesias locales sufran presiones en esta materia y que los organismos internacionales condicionen la ayuda financiera a los países pobres a la introducción de leyes que instituyan el 'matrimonio' entre personas del mismo sexo [278]".
"292. El matrimonio cristiano, reflejo de la unión entre Cristo y su Iglesia, se realiza plenamente en la unión entre un varón y una mujer, que se donan recíprocamente en un amor exclusivo y en libre fidelidad, se pertenecen hasta la muerte y se abren a la comunicación de la vida, consagrados por el sacramento que les confiere la gracia para constituirse en iglesia doméstica y en fermento de vida nueva para la sociedad. Otras formas de unión contradicen radicalmente este ideal, pero algunas lo realizan al menos de modo parcial y análogo. Los Padres sinodales expresaron que la Iglesia no deja de valorar los elementos constructivos en aquellas situaciones que todavía no corresponden o ya no corresponden a su enseñanza sobre el matrimonio [314]".
Aquí no tenemos comentarios para hacer, pues el texto es muy claro. Lo que podemos esperar es que entre sociedad civil e Iglesia pueda surgir, en esta delicada materia, una fructuosa colaboración y aceptación recíproca, entre el punto de vista del Estado y el expresado aquí por los Padres sinodales con el consenso del Papa.
El Estado, por una parte, debe darse cuenta de su deber, en su propio interés, de impedir el agravarse de este fenómeno social, que, en la evidencia más palmaria, conduciría, a la largo plazo, no digo, a la extinción de la Iglesia, a la cual Cristo ha prometido la eternidad, sino a daños gravísimos al consorcio humano y al buen orden del Estado.
En cuanto a la Iglesia, por su parte, está hoy más llamada que nunca a anunciar el Evangelio de la familia, no como el residuo de un pasado que debe ser conservado por la fuerza, o un modelo de vida monocromo y monolítico para imponer a todos, y ni siquiera como una unión contingente, dejada al capricho de los individuos, sino como libre y creativa comunidad de amor, que, en la sociedad y en la Iglesia, opera por el bien de entrambos in laetitia amoris.

P. Giovanni Cavalcoli
Varazze, 17 de abril de 2016

Notas

¹ Véase mi estudio: La dipendenza dell’idea dalla realtà nell’Evangelii gaudium di Papa Francesco, en Pontificia Accademia Theologica, 2014/2, pp. 287-316.
² En esta conclusión, el padre Cavalcoli toma en cuenta el texto ad litteram de Amoris laetitia. Como sabemos, el Dicasterio para la Doctrina de la Fe, posteriormente, expresó cuál es la interpretación que debe darse a este texto. JG

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Anexo

Habiendo individuado la que me ha parecido la tesis central de este texto, he aquí mi transcripción de este artículo del padre Giovanni Cavalcoli, pero sintetizado en un muy breve esquema según el método escolástico de Santo Tomás de Aquino, que prefiero ofrecer en lengua latina, de manera que pueda ser aprovechado no sólo por los lectores hispanohablantes, sino también por quienes pertenecen a otras tradiciones lingüísticas, particularmente los estudiantes de filosofía y teología.

Articulus unicus

Utrum exhortatio Amoris laetitia novas formas unionis legitimet
vel doctrinam traditionalem de matrimonio et familia confirmet

Ad hoc sic proceditur. Videtur quod Amoris laetitia novas formas unionis legitimet.
1. Quia dicitur documentum, loquendo de comitatu et discretione, aperire ianuam ut divortii iterum coniugati Communionem accipere possint, quod videtur contrariae disciplinae prioris et normam sacramentalem debilitare.
2. Praeterea, affirmatur misericordiam Dei posse ignoscere etiam in statibus vitae irregularibus, quod videtur implicare quod tales status non sunt necessario peccaminosi, et quod gratia potest cum condicionibus obiective inordinatis cohabitare.
3. Item, textus agnoscit elementa constructiva in unionibus quae plene non respondent christiano matrimonio. Ergo videtur quod partialiter legitimet eas, tribuens eis valorem positivum.
4. Denique, insistentia in lectione circumstantiarum concretarum videtur normam universalem relativizare, dando praeeminentiam iudicio subiectivo supra legem obiectivam.

Sed contra est quod Papa dicit: Ne incidamus in peccatum praetendendi nos substituere Creatori. Creaturae sumus, non omnipotentes. Creatum nos praecedit et tamquam donum recipiendum est. Praeterea, Magisterium docet matrimonium christianum, reflexum unionis inter Christum et Ecclesiam, plene impleri in unione inter virum et mulierem, sacramento consecratos.

Respondeo dicendum quod Amoris laetitia non legitimat novas formas unionis contrarias Evangelio, sed confirmat doctrinam traditionalem de matrimonio et familia, pastoralem ad altiorem gradum discretionis et misericordiae elevans. Documentum innititur fundamentis metaphysicis et theologicis: creatura Creatorem substituere non potest, et lex moralis naturalis inviolabilis est. Matrimonium est valor naturalis a Christo ad sacramenti dignitatem elevatus, et familia est communitas amoris quae in laetitia amoris floret. Pastoralis non consistit in abrogatione normae, sed in comitatu eorum qui in irregularibus condicionibus vivunt, adiuvando eos crescere in gratia et fidelitate. Papa commemorat quod, quamvis divortii iterum coniugati non sint excommunicati, non sunt in plena communione, et quod uniones homosexuales matrimonio aequari non possunt. Tamen misericordia Dei omnes attingit, et Ecclesia debet vias conversionis et spei praebere. Textus sublineat normam ecclesiasticam de Communione pendere a potestate clavium et non esse deductionem necessariam legis divinae, ostendens disciplinam a Papa secundum prudentiam pastoralem regulandam esse, sine veritatis Evangelii proditione.

Ad primum ergo dicendum quod comitatus non significat abrogationem normae, sed prudentem et misericordem applicationem disciplinae, confirmando quod a sancto Ioanne Paulo II statutum est. Papa instat has coniuges non esse in plena communione, quamvis gratiam Dei accipere possint.
Ad secundum dicendum quod misericordia Dei potest ignoscere in quolibet statu, sed hoc non implicat statum irregularum esse licitum. Gratia operatur etiam in fragilitate, sed peccatum non legitimat. Quod culpa minuatur propter difficultatem condicionis non significat normam cessare.
Ad tertium dicendum quod agnoscere elementa constructiva in unionibus irregularibus non significat eas legitimare, sed aestimare bona quae continent ut ad plenitudinem matrimonii christiani ducantur. Papa clare declarat nullum fundamentum exstare ad aequandum uniones homosexuales matrimonio, quamvis aliquis aspectus positivus in eis agnosci possit.
Ad quartum dicendum quod attentio circumstantiis non relativizat normam, sed eam cum prudentia, iustitia et caritate applicat. Lex universalis manet, sed eius applicatio discretionem pastoralem requirit. Papa docet normam de Communione esse ecclesiasticam et a potestate clavium regulandam, sine proditione legis divinae.
   
JG

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