lunes, 14 de septiembre de 2026

¡Lo que faltaba: Santo Tomás de Aquino homosexualista!

¿Puede Santo Tomás de Aquino ser presentado como legitimador del placer homosexual? Este artículo del padre Giovanni Cavalcoli analiza críticamente la interpretación del dominico Adriano Oliva, quien pretende leer en el Aquinate una aprobación implícita de la homosexualidad como “connatural” al individuo. ¿Es lícito reducir lo moral a lo ontológico, como si bastara la inclinación psicológica para justificar un acto? ¿Qué significa que Tomás hable de naturaleza individual “corrupta”? ¿Cómo se distingue entre placer físico y placer moralmente bueno? El artículo muestra que, lejos de avalar la sodomía, el Aquinate, conforme a la doctrina perenne de la Iglesia, la condena como pecado contra la naturaleza, y recuerda que el verdadero progreso pastoral debe fundarse en la fidelidad a la ley universal de la naturaleza humana y al Evangelio. [En la imagen: fragmento de "Santo Tomás de Aquino", óleo sobre lienzo, 1650, obra de Bartolomé Esteban Murillo, colección privada].

Lo que faltaba: ¡Santo Tomás de Aquino homosexualista! 1
¿Placer homosexual según Santo Tomás de Aquino
o según el dominico Adriano Oliva?

(Traducción al español del artículo del padre Giovanni Cavalcoli publicado en el blog L’Isola di Patmos el 26 de noviembre de 2015. Versión original en italiano: https://isoladipatmos.com/ci-mancava-solo-san-tommaso-daquino-omosessualista-il-piacere-omosessuale-secondo-san-tommaso-daquino-o-secondo-il-domenicano-adriano-oliva/)

El teólogo dominico Adriano Oliva publicó recientemente en Francia un libro titulado Amours (Cerf, París, 2015), traducido al italiano con el título: L’amicizia più grande. Un contributo teologico alle questioni sui divorziati risposati e sulle coppie omosessuali (La amistad más grande. Una contribución teológica a las cuestiones sobre los divorciados vueltos a casar y sobre las parejas homosexuales) (Nerbini, Florencia, 2015).
En este libro Oliva sostiene que Santo Tomás "aborda también la cuestión de la inclinación sexual de una persona hacia personas del mismo sexo, y lo considera connatural a la persona tomada en su individualidad" (L’amicizia più grande, p.95).
De aquí el autor deduce que, tratándose de placer natural y, dado que Tomás considera lícito lo que es según naturaleza, Tomás admitiría la licitud del placer homosexual voluntario. Además de esto, se trataría de respetar las exigencias del individuo, como si la heterosexualidad no fuera una obligación para todos y en cambio, quien tiene la tendencia homosexual debe ser libre para poderla actuar. Pero esto, como veremos, no es en absoluto el pensamiento de Santo Tomás, que no considera de ningún modo la homosexualidad una opción como cualquier otra, sino un pecado grave "contra la naturaleza".
De hecho, el padre Oliva no tiene en cuenta que, para Tomás, un placer, para ser lícito, debe ser acorde a la razón, por lo cual no basta con colocarlo en el plano ontológico o psicológico del individuo, sino que es necesario que sea supra-individual, es decir, de acuerdo a la razón, correspondiente a las finalidades de la vida humana. Y esto es precisamente el bien moral.
El error de interpretación del padre Oliva radica en creer que Tomás se contente con la consideración ontológica del bien o del placer para aclarar la cuestión de lo lícito y de lo ilícito, que es la cuestión moral, llegando así a reducir lo moral a lo ontológico. Dado que Tomás habla para el homosexual de un placer "natural", basta este simple hecho para que el padre Oliva crea que Tomás legitime el placer homosexual.
El padre Oliva basa su interpretación del pensamiento de Tomás en algunas consideraciones que el Aquinate hace en la I-II de la Suma de Teología (q.31, art.7), donde Tomás se pregunta si existen placeres innaturales (non naturales). Y responde que ciertamente existen; y entre estos está precisamente la homosexualidad, que Tomás condena sin medios términos cual grave pecado "contra naturaleza". El homosexual, sin embargo, observa el Aquinate -y es aquí donde Oliva se ha engañado- advierte su tendencia como "connatural".
En general, desde el punto de vista psicológico, el placer sensible (delectatio sensibilis), para santo Tomás, es un movimiento del apetito sensitivo, que prueba satisfacción por un acto cumplido o un bien (bonum delectabile) conseguido y poseído. Tal placer se verifica normalmente tanto cuando el sujeto consigue un fin natural o normal, por ejemplo la procreación, como cuando en cambio busca solo el placer por sí mismo, independientemente de la búsqueda del fin natural de la sexualidad, por ejemplo independientemente o en contra de una procreación conveniente y honesta, como sucede en los pecados de lujuria ¹. Para Tomás, el placer sensible ha sido creado por Dios en el hombre y en los animales para orientarlos al cumplimiento de los actos y a la consecución de los fines y de los medios de la vida: fundamentalmente la salud, la alimentación y la reproducción de la especie.
Existe también un placer espiritual, experimentado por el intelecto, por la voluntad y por la conciencia, que Tomás llama gaudium, gozo o alegría, el cual, de modo similar al placer físico, pero en modo más íntimo, estable y gratificante, porque precisamente es de la persona, estimula el espíritu al cumplimiento del bien y lo sigue, hasta el punto de caracterizar, en su vértice supremo, la nota propia de la visión beatífica. El animal está guiado en su conducta por la simple atracción del placer y por el escape del dolor. Para el hombre, en cambio, esto no basta, tanto más porque esta dinámica del placer y del dolor, como consecuencia del pecado original, se ha deteriorado, por lo cual sucede que nos complacen ciertos pecados y nos repugnan ciertas acciones honestas. Así sucede que la atracción del placer a menudo nos empuja hacia actos pecaminosos. El hombre, por lo tanto, como enseña santo Tomás, para actuar moralmente bien y virtuosamente, de acuerdo con la dignidad humana, debe moderar con la recta razón, sobre la base de la ley moral, el placer, efecto de las pasiones, en modo tal modo que el placer sea de ayuda y no de obstáculo al cumplimiento de las buenas acciones ². La virtud que realiza esta tarea es la templanza ³. El problema que la templanza debe afrontar es hacer en modo que la tendencia o el deseo del placer contribuya al ejercicio de la virtud, lo ayude, lo facilite, lo fortalezca y lo favorezca. La templanza debe favorecer en el momento justo y en el lugar adecuado los deseos y los placeres honestos y frenar o limitar o reprimir por completo los deseos y los placeres malos o inapropiados, fuera de tiempo ⁴ o fuera de lugar. Debe saber regular y moderar el placer según las circunstancias y los actos permitidos u ordenados. Tomás, por lo tanto, rechaza tanto el principio hedonista: "cuanto más, mejor es", como el rigorismo encratista ⁵ estoico-origenista: "¡A la muerte con el placer! ¡A la muerte con el sexo!".
En cambio, Pablo VI, en la encíclica Humanae Vitae, retomando los principios de la ética tomista, no tiene problemas en decir que el acto conyugal expresa el amor y favorece el amor. Mientras que la Congregación para la Doctrina de la Fe, en la Declaración Persona Humana del 21 de enero de 1976, incluso comienza asumiendo un aspecto válido del freudismo, diciendo que: "en el sexo radican las notas características que constituyen a las personas como hombres y mujeres en el plano biológico, psicológico y espiritual" ⁶.
Está claro, por lo tanto, que por ejemplo dos esposos pueden dar libre curso al placer cuando se unen, mientras que si, por el contrario, debiera surgir el placer durante la celebración litúrgica, el placer debe ser inmediata y totalmente reprimido. Para cortar de raíz esta eventualidad, en la liturgia antigua, como explica el propio santo Tomás, estaba prohibido a la mujer celebrar en la Misa la liturgia de la Palabra o predicar en la iglesia ⁷. Quizás se podría preguntar qué remedio opone esto a la concupiscencia femenina. Las mujeres eran quizás consideradas más capaces de autocontrol. Quizás sea para mantener a la mujer al reparo del peligro, ya que en la liturgia oriental existe el iconostasio, que oculta a los fieles la vista del celebrante.
Para permanecer en el tema que nos interesa de la emotividad o energía sexual, Tomás parangona esta pasión a una especie de energía calorífica. De hecho, se repiten en el habla corriente expresiones como "fuego" o "calor" de la pasión. Son metáforas que transmiten la idea. Por lo tanto, así como el calor debe regularse con el termostato, así también el placer sexual. La razón tiene la tarea, similar a la de un termostato, de disminuirlo, cuando es excesivo, para no caer en la lujuria y de aumentarlo cuando es escaso. En este segundo caso, Tomás habla de insensibilitas, que podríamos traducir por "frigidez" ⁸. Esta es temática del matrimonio.
Para Tomás, un placer es natural cuando está de acuerdo con la naturaleza. Pero esto puede suceder de dos modos: o bien según la naturaleza física del hombre, como por ejemplo el placer de la comida o el placer sexual; o bien según la naturaleza racional, como por ejemplo el placer de la virtud o del saber. El placer, en cambio, es innatural (non naturalis) o contra natura (contra naturam), cuando no respeta los fines del hombre y por tanto su verdadero bien. Y, por consiguiente, no es según la recta razón.
Para el Aquinate, un placer puede ser natural física o moralmente. Por ejemplo, el placer sexual es físicamente natural, si viene de la unión del varón con la mujer. Pero esto no quiere decir aún que lo sea según naturaleza o según razón, en el respeto de la ley natural, ya que incluso en el adulterio, en la poligamia y en el concubinato se supone que existe una unión sexual normal o natural, y no por ello el placer que se experimenta es moralmente bueno. En cuanto al placer sexual, puede ser, según Tomás, innatural en dos planos: en el plano de la razón y en el plano de la naturaleza física o animal. Puede ser innatural a nivel de la razón y seguir siendo natural a nivel animal, por ejemplo, el concubinato entre varón y mujer. O bien, además de ser contra razón, también puede ser contra la naturaleza animal. Y aquí tenemos la homosexualidad, que está en contra de la naturaleza a doble título; contra la razón y contra el plano animal de la persona.
Tomás admite aquí que existen placeres connaturales según el individuo, precisando sin embargo que, si estos placeres son contrarios al bien de la naturaleza humana (contra naturam hominis), a la cual el individuo pertenece o que él posee, se verifica en el propio individuo una corrupción de su misma naturaleza individual, por lo cual, aunque tales placeres puedan ser agradables para el individuo, son de hecho innaturales también para él, propter aliquam corruptionem naturae in eo existentem, a causa de la naturaleza humana que existe en él. Y da el ejemplo de aquellos que "por su costumbre se deleitan en comer carne humana, en el coito con las bestias o con los machos" (propter consuetudinem aliqui delectantur in comedendo homines vel in coitu bestiarum vel masculorum).
Tomás admite también sin dudarlo que lo que está de acuerdo con la naturaleza, es placentero, y de por sí es lícito y honesto. Sin embargo, nos recuerda que aquellos placeres que, en el individuo, son agradables a su naturaleza individual en cuanto corrupta, no son placeres "simpliciter loquendo", sino sólo "secundum quid", es decir, no pueden ser placeres humanos en sentido pleno y absoluto, bajo todo aspecto, porque frustran las finalidades de la naturaleza humana. Sino que son placeres sólo como estados emotivos, no ordenados al verdadero bien del hombre. Por eso no son placeres lícitos y honestos, sino prohibidos y pecaminosos. Y el placer homosexual es uno de ellos.
Ahora bien, aquí es necesario prestar atención para evitar un equívoco, del cual lamentablemente el padre Oliva no parece escapar. De hecho, la impresión que se podría sacar de estas consideraciones de santo Tomás, podría ser el siguiente falso razonamiento:
Premisa mayor. Es lícito y moralmente bueno aquello que es conforme a naturaleza, aquello que es connatural, .
Premisa menor. Pero la sodomía, o bien el ejercicio de la homosexualidad, es conforme o connatural a la naturaleza individual del homosexual.
Conclusión. Por lo tanto, esta práctica puede ser considerada lícita y buena para ese individuo de acuerdo con sus particulares exigencias o inclinaciones.
Excepto que, sin embargo, para santo Tomás, un acto humano es lícito y bueno, si es la aplicación, por parte del individuo, de la norma moral, que es regla universal del actuar, ley igual para todos, porque es ley de la naturaleza humana como tal, naturaleza idéntica en todos; y por lo tanto, todos los individuos, en cuanto miembros de la especie humana, están obligados a observarla. Por eso, un pecado según la especie, para Tomás, es pecado también para el individuo que lo comete.
El bien connatural al individuo es regla moral solo si es aplicación de la ley universal. Está claro que la comida que nutre a un anciano de 90 años no puede ser un bien para él del mismo modo que la comida que alimenta a un olímpico de 20 años. Pero tanto uno como otro deben obedecer la ley que ordena a todos nutrirse convenientemente. Ahora bien, la homosexualidad no es simplemente una buena conducta, adecuada al homosexual, diferente de la norma heterosexual, hecha especialmente para el heterosexual. Sino que es una conducta contraria a la ley universal de la naturaleza humana, que incluso el homosexual debe intentar practicar, por mucho esfuerzo que le cueste. Este es el pensamiento impecable del Aquinate.
Esto no impide in genere la existencia y la necesidad de leyes o privilegios particulares y positivos, establecidos por la autoridad humana, civil o eclesiástica, para grupos particulares de personas, en particulares circunstancias o particulares lugares o períodos históricos. Pero tales leyes son vinculantes sólo si constituyen la determinación de las más amplias, universales e inmutables leyes morales, reguladoras de la conducta de toda persona humana, en cuanto tal.
La ley positiva puede y debe, si es necesario, según la prudencia del legislador, regular con clemencia, equidad, gradualidad, sentido de humanidad o tolerancia o con finalidades educativas o reeducativas, de modo a veces excepcional, también la conducta de personas, que no por mala voluntad, sino por límites de la voluntad, por situaciones irresolubles, por causa de fuerza mayor, por obstáculos insuperables, por inmadurez humana, por ignorancia o por objetivas incapacidades físicas, psicológicas o morales, no son capaces de cumplir la ley en todo su rigor y en la altura de sus exigencias.
Casos humanos particularmente delicados y dignos de atención por parte de la Iglesia y de la sociedad civil, por las proporciones que hoy están asumiendo, son indudablemente los casos de los divorciados vueltos a casar y los de las convivencias de homosexuales, casos de los cuales trata el libro del padre Oliva.
Aunque la sodomía siempre sigue siendo un grave pecado, el Estado hoy se está orientando a conceder un status jurídico o alguna forma de reconocimiento a los convivientes homosexuales. ¿Qué hará la Iglesia? ¿Podrá conceder los sacramentos? Los dos, para estar en gracia de Dios, ¿se deben dejar o pueden vivir juntos? ¿Son capaces de renunciar o la Iglesia debe tolerar su convivencia? ¿Y qué pastoral adoptar?
El reciente sínodo de los obispos, después de un trabajo muy complejo, un examen en profundidad de las situaciones y una discusión densa y animada, con momentos de fuerte tensión, ha visto emerger varias propuestas e iniciativas, que ahora están siendo examinadas por el Santo Padre. No sé, sin embargo, si los obispos, muy ocupados con el problema de los divorciados vueltos a casar, hayan prestado suficiente atención al problema de los homosexuales convivientes y quizás con hijos adoptados o hijos de un precedente matrimonio o engendrados artificialmente.
Todos esperamos con confianza en las decisiones del Sumo Pontífice, sean las que sean, en la certeza de tener una luz, un aliento, un consuelo y la indicación del camino a recorrer para poner en práctica el Evangelio. Esperamos que el Santo Padre, con la ayuda del Espíritu Santo, tenga la fuerza para recompactar al mundo católico, hoy lacerado entre dos partidos opuestos, también presentes dentro de la Orden Dominicana, donde se pasa del ultraconservador padre Michelet al modernista padre Oliva.
La consulta del pensamiento del Aquinate, en una situación eclesial agitada, confusa y tempestuosa como la presente, se presenta siempre útil, no ciertamente para pedirle soluciones concretas a problemas y situaciones que él no pudo conocer y sobre los cuales en cualquier caso no se ha pronunciado, sino para poner en juego nociones y principios teológicos, antropológicos, morales y psicológicos, por no decir metafísicos, de los cuales no se puede prescindir, para comprender el verdadero sentido de las cuestiones, y encontrar la solución justa, adecuada, en la fidelidad a Cristo y al Magisterio de la Iglesia.
Sin embargo, para que Tomás pueda desarrollar en el mundo de hoy su preciosísima misión de Lumen Ecclesiae, como fue definida por Paulo VI ⁹, debe ser presentado en su pureza y autenticidad, como encontramos por ejemplo en otro teólogo dominico de nuestro tiempo, el Siervo de Dios padre Tomas Tyn, y por lo tanto, renunciando a hacer de Tomás un precursor de Kant, de Hegel, de Severino o de Freud, aunque la amplitud, perennidad y universalidad de su pensamiento nos permita asumir críticamente cuanto exista de válido en el pensamiento moderno, como ha señalado muchas veces Maritain ¹⁰.
Por otro lado, es necesario decir con franqueza que, lamentablemente, el padre Oliva, tal vez creyendo comprender y abordar con caridad la particular situación de los homosexuales, a fin de reconocer su dignidad humana, y proponer una solución ad hoc, ha presentado en cambio una infeliz distinción entre individualidad y especie en el campo moral, concediendo al individuo lo que negado a la especie; y, arriesgando así una ética individualista, que confunde el bien moral (individuo) con el bien ontológico (especie), malinterpreta completamente el pensamiento del Aquinate, haciéndole decir lo opuesto de lo que de hecho dice.
El padre Oliva pasa por alto las claras expresiones tomistas con las cuales viene expresamente condenada la homosexualidad, considerándolas superadas e hijas de su tiempo; mientras que, según él, el verdadero y profundo pensamiento de Tomás daría un aval "metafísico" a la homosexualidad, donde él habla del "bien connatural del individuo", sin tener en cuenta el hecho de que el Aquinate aquí habla explícitamente de naturaleza individual "corrupta".
Para el padre Oliva, Tomás escondería, bajo la condena explícita ligada a su tiempo, una real, implícita legitimación de la homosexualidad, basada sobre las exigencias de la dignidad ontológica del individuo. Pero los argumentos del padre Oliva no son convincentes, por lo cual es bueno ceñirse a lo que dice explícitamente Tomás sobre la base del cuadro general de su ética correspondiente a las exigencias del Evangelio. De hecho, de la interpretación del padre Oliva se deriva una sorprendente justificación de la homosexualidad, mientras que el Aquinate en realidad, con argumentos incontrovertibles, demuestra la ilicitud de la sodomía, además en un cuadro teológico y moral, en el cual a cada hombre es dado un espacio para tomar conciencia de la imagen de Dios, que lleva en sí mismo, para reformarla con la gracia de Cristo y abrirla a su misericordia.

P. Giovanni Cavalcoli
Varazze, 24 de noviembre de 2015

Notas

¹ Summa Theologiae, II-II, q.153.
² Summa Thelogiae, I-II, q.24.
³ Summa Theologiae, II-II, qq.141-142.
⁴ Como dice el sabio Kohélet: "Hay tiempo para abrazar y tiempo para abstenerse del abrazar" (3,5).
⁵ Los encratistas eran herejes de los primeros siglos, de los cuales habla san Ireneo en su De haeresibus, que consideraban el placer sexual o incluso el sexo como obra del demonio o al menos como castigo del pecado original.
⁶ Abordé este tema en mi tesis de licenciatura en teología "L’influsso della sessualità sui piani psicologico e spirituale della persona", director de tesis padre Alberto Galli, OP, Studio Teologico S. Tommaso d'Aquino, tesis n.172, Bolonia 1977.
⁷ Summa Theologiae, II-II, q.187, a.2.
⁸ Summa Theologiae, II-II, q.142, a.1.
⁹ Carta Lumen Ecclesiae de Paulo VI al padre Vincent de Couesnongle, Maestro de la Orden de Frailes Predicadores, del 20 de noviembre de 1974.
¹⁰ Le Docteur Angélique, Desclée de Brouwer, Paris 1930.

_________________________


Anexo

Habiendo individuado la que me ha parecido la tesis central de este texto, he aquí mi transcripción de este artículo del padre Giovanni Cavalcoli, pero sintetizado en un muy breve esquema según el método escolástico de Santo Tomás de Aquino, que prefiero ofrecer en lengua latina, de manera que pueda ser aprovechado no sólo por los lectores hispanohablantes, sino también por quienes pertenecen a otras tradiciones lingüísticas, particularmente los estudiantes de filosofía y teología.

Articulus unicus

Utrum Sanctus Thomas Aquinas legitimet voluptatem homosexualem

Ad hoc sic proceditur. Videtur quod Sanctus Thomas Aquinas legitimet voluptatem homosexualem.
1. Quia dicitur Aquinatem inclinationem ad personas eiusdem sexus connaturalem individuo reputare, et quod est connaturale videtur esse licitum. Ergo, si homosexualitas est connaturalis, acceptanda est.
2. Praeterea, Thomas docet quod secundum naturam est delectabile et ex se licitum atque honestum. Ergo, si homosexualis suam inclinationem ut naturalem experitur, videtur quod voluptas inde proveniens sit legitima.
3. Item, dignitas individui requirit ut propriae inclinationes, etiam si a communi norma differant, revera serventur. Ergo videtur quod homosexualitas possit esse licita pro eo qui eam experitur.
4. Denique, pastoralis hodierna quaerit homosexuales in vitam Ecclesiae integrare. Hoc videtur postulare ut legitimitas inclinationis et convictus eorum agnoscatur.

Sed contra est quod Apostolus dicit: Tradidit eos Deus in passiones ignominiosas: nam feminae eorum immutaverunt naturalem usum in eum qui est contra naturam, similiter et masculi masculis turpitudinem operantes (Rom 1,26‑27). Praeterea, Aquinas docet homosexualitatem esse gravem peccatum contra naturam, et Magisterium Ecclesiae eam ut illicitam damnavit.

Respondeo dicendum quod Sanctus Thomas non legitimat voluptatem homosexualem, sed eam ut peccatum contra naturam condemnat. Nam voluptas licita est solum si secundum rectam rationem et fines vitae humanae ordinatur. Error est reducere morale ad ontologicum, quasi sufficiat inclinatio individui ad actum iustificandum. Thomas distinguit inter id quod est connaturale individuo secundum naturam sanam et id quod est connaturale secundum naturam corruptam. In hoc ultimo casu, quamvis individuum voluptatem experiatur, tamen est voluptas innaturalis et peccaminosa. Bonum morale non metitur ex inclinatione subiectiva, sed ex lege universali naturae humanae, quae est eadem in omnibus. Ideo homosexualitas non potest haberi ut licita nec honesta, sed est peccatum grave. Ipse Aquinas exempla profert eorum qui consuetudine delectantur in comedendo carnes humanas vel in coitu cum bestiis vel masculis, ostendens quod huiusmodi voluptates, quamvis connaturales videantur, sunt revera corruptio naturae.

Ad primum ergo dicendum quod connaturalitas inclinationis homosexualis non significat licitudinem, quia est connaturalitas corrupta, ex natura depravata proveniens. Non potest igitur esse regula moralis.
Ad secundum dicendum quod secundum naturam est licitum tantum si ad finem naturae humanae ordinatur. Voluptas homosexualis, quamvis individuo naturalis videatur, non respondet fini sexualitatis, qui est unio ordinata et procreatio. Ergo non est licita nec honesta.  
Ad tertium dicendum quod dignitas individui non consistit in sequendo quamlibet inclinationem, sed in oboedientia legi morali universali. Homosexualitas non est alternativa valida heterosexualitati, sed corruptio naturae. Pastoralis quidem dignitatem personae agnoscere debet, sed actus contra legem naturalem legitimos facere non potest.
Ad quartum dicendum quod integratio pastoralis homosexualium in Ecclesia misericordiam et comitatum requirit, sed actus illicitos legitimos facere non potest. Convictus homosexualis, etsi civilem recognitionem accipere possit, non potest haberi conformis Evangelio. Ecclesia debet vias conversionis et gratiae praebere, ostendens quod vera libertas consistit in ordinandis inclinationibus ad bonum morale universale.
   
JG

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