lunes, 8 de junio de 2026

La excomunión como remedio a la herejía

¿Es la excomunión un castigo o un remedio? Este extenso artículo del padre Giovanni Cavalcoli muestra cómo, desde los apóstoles hasta el Vaticano II, la Iglesia ha debido discernir entre comunión verdadera y ruptura herética, enfrentando tanto el peligro de las falsas excomuniones como la necesidad de las justas. ¿No es inquietante que hoy, en tiempos de modernismo, los fieles ortodoxos puedan ser tratados como excomulgados mientras los verdaderos culpables permanecen impunes? ¿Qué significa que una excomunión pueda ser justa o injusta, válida o nula, oficial o de hecho, y que incluso pueda provenir de prelados herejes? ¿No debería recuperarse el sentido medicinal y clarificador de la excomunión, que busca corregir al hermano y proteger la comunión eclesial, sin caer en excesos ni en blanduras inútiles? ¿No es hora de que los pastores, comenzando por el Papa, ejerzan con prudencia y firmeza esta potestad, para defender a la Iglesia de las doctrinas erróneas y preparar a los fieles para la batalla escatológica que durará hasta la Parusía? [En la imagen: fragmento de "La excomunión de Federico II por el papa Gregorio IX", fresco, pintado entre 1572-1573, obra de Giorgio Vasari, conservado en la Sala Regia, Palacio Apostólico, Ciudad del Vaticano].

La excomunión como remedio a la herejía

(Traducción al español del artículo del padre Giovanni Cavalcoli publicado el 24 de septiembre de 2018, en el blog L’Isola di Patmos. Versión original en italiano: https://isoladipatmos.com/wp-content/uploads/2018/09/24.09.2018-Giovanni-Cavalcoli-LA-SCOMUNICA-COME-RIMEDIO-DELLA-ERESIA.pdf)

San Pablo Apóstol amonesta: "Si alguien les predica un Evangelio distinto al que han recibido, ¡sea anatema!" (Gál 1,9).
En toda comunidad el presidente tiene el poder y el deber de proteger a la comunidad con oportunas intervenciones correctivas o coercitivas de miembros que le causen disturbios o pongan en peligro su buen orden y paz. Este principio de justicia vale también para la Iglesia, como recita el Código de Derecho Canónico: "La Iglesia tiene derecho originario y propio a castigar con sanciones penales a los fieles que delinquen" (can.1311).
Desde los primerísimos tiempos de la Iglesia, los apóstoles, retomando la tradición de la sinagoga, que expulsaba a los indisciplinados, a los rebeldes y a los apóstatas, ejercieron el poder judicial contra los delitos graves, como testimonia el episodio de Ananías y Safira (Hch 5,1-11). Así también, san Pablo expulsa de la comunidad al incestuoso (1 Cor 5,1-5). Para condenar a los equivocados, él utiliza un término griego: anáthema, correspondiente al hebreo chérem, que significa "maldito" y por lo tanto "excomulgado". Así él advierte: "Si alguien no ama al Señor, ¡sea anatema!" (1 Cor 16,22). Y: "Si alguien les predica un Evangelio distinto al que han recibido, ¡sea anatema!" (Gál 1,9). Jesús mismo lanza maldiciones varias veces. Y de hecho, desde los primeros siglos los Concilios han declarado anáthema, es decir, excomulgados a quienes sostienen los errores condenados.
Santo Tomás de Aquino explica el origen del concepto de anáthema y, por tanto, de excomunión. Dice el Aquinate: "anáthema es voz griega compuesta de anà, que significa 'arriba' y thesis, que significa 'posición', para así llamar 'anatema' 'lo-que-está-puesto-arriba', porque cuando algo que no estaba destinado a ser utilizado por los hombres era capturado como presa, se lo dejaba suspendido en el templo, por lo que hasta el día de hoy ha prevalecido la costumbre de que aquellas cosas que se separan del uso común de los hombres, se llamaran 'anatemi', como vemos en el Libro del Génesis: 'Sea esta ciudad anatema (chérem, dada al exterminio) y todo lo que se encuentra en ella sea consagrado al Señor' (Jos 6,17)" ¹.
De ahí, en los Concilios Ecuménicos, la muy utilizada fórmula anáthema sit, que aparecerá por última vez en el Concilio Vaticano I, mientras que está ausente en el Concilio Vaticano II, lo que claramente no significa que el Concilio no condene los errores, sosteniendo los cuales se incurre en la excomunión. La actual excomunión es lo que la Iglesia en el pasado ha llamado anatema, o sea maldición: un veredicto que condena un error o a un errante, pronunciado por la autoridad con la imposición de una pena y la expulsión o alejamiento del disidente o del criminal de la comunidad.
"Maldecir" en este contexto bíblico significa "decir-mal", pero no en el sentido de la maledicencia, sino en el sentido de declarar en juicio que alguien ha difamado o hecho daño y por lo tanto merece ser castigado, merece un mal de pena. En tal sentido, la Biblia dice que Dios maldice a los malvados y que Cristo en el Juicio Universal aleja de sí a los réprobos (Mt 25,41). La maldición puede afectar a la acción mala, pero también puede afectar a la persona que ha cometido la acción. Es cierto que tanto el Evangelio (Lc 6,28), como san Pablo, recomiendan no maldecir (Rom 12,14). Pero estas prohibiciones afectan a quien maldice a los inocentes, así como está prohibido matar al inocente, pero no al criminal. De lo contrario, la Iglesia no habría anatematizado a los herejes y cismáticos durante siglos y milenios. Y si hoy ya no escuchamos ni leemos a los Papas maldecir a los herejes, no podemos ignorar que solo recientemente la Iglesia ha abandonado este lenguaje, que ella ha utilizado tranquilamente durante mucho tiempo, pero que hoy, en el actual clima de ecumenismo y de diálogo inter-religioso, efectivamente nos pondría en embarazo. De hecho, hoy nos parece que el maldecir sea suscitado por el odio. Pero no es necesariamente así. Entendido en el sentido jurídico, es acto de justicia. Y si la palabra ha sido abandonada por el Magisterio de la Iglesia, permanece el término equivalente de "excomunión".
Ahora bien, la comunión, la unidad, la paz, la caridad recíproca y la concordia en la Iglesia, nacen de la común aceptación  por parte de todos los fieles de las mismas verdades de fe y de la misma disciplina enseñada por el Magisterio de la Iglesia bajo la guía del Sumo Pontífice. Entonces se entiende que el hereje merezca ser excomulgado. La Iglesia es una comunidad unida, coordinada y concorde en el amor recíproco por el Espíritu Santo, el cual sostiene al Papa en el deber y la tarea de fundar la comunión fraterna y con Dios sobre la verdad de la Palabra de Dios aceptada por todos. Sin embargo, con el permiso de Dios, en el interior de la Iglesia terrena, trabaja el Demonio, con su séquito de "hijos del diablo" (1 Jn 3,10). Esto hace que en la Iglesia nazcan y se difundan herejías, por lo cual la autoridad eclesiástica está obligada a intervenir para advertir a los fieles y detener la propagación del error. Esto ha sucedido, por ejemplo, con el fenómeno del modernismo en la época de san Pío X y algunos teólogos, como por ejemplo Ernesto Buonaiuti, Alfred Loisy, George Tyrrell, Romolo Murri y otros.
En efecto, sucede cada tanto que el Demonio persuade e impulsa astutamente y pérfidamente a algunos hermanos imprudentes, ambiciosos e incautos, que pueden ser incluso pastores, a falsear el concepto de Iglesia y a trabajar para dividirla, profanarla y destruirla, actuando en modo insidioso y encubierto, con vanos y engañosos pretextos de reforma o de conservación, para no hacerse descubrir, y así seducir más fácilmente.
Estos falsos católicos, seducidos por Satanás, revelan abiertamente sus planes perversos y subversivos, por ejemplo masónicos o ateos, solo a aquellos atontados, aturdidos o desgraciados que, después de haberlos tranquilizado por completo, tal vez con mezquinas adulaciones o chispeantes promesas, saben que ahora los tienen como aliados o en un puño en la obra satánica emprendida, mientras mantienen el secreto o saben disfrazarse bien ante los verdaderos fieles. En este sentido, el Derecho Canónico pone en guardia contra las "asociaciones que conspiran contra la Iglesia" (can.1374).
Después de haber tejido sus tramas, los herejes y los cismáticos emergen imprevistamente de las tinieblas y golpean por sorpresa, como dice el Salmo: "Afilan su lengua como espada, lanzan como flechas palabras amargas para herir furtivamente al inocente; lo golpean por sorpresa y no tienen temor. Se obstinan en hacer el mal; se ponen de acuerdo para esconder trampas" (Sal 64,3-6). "El miserable sucumbe al orgullo del impío y cae en las insidias tramadas" (Sal 9,23). Puede tratarse de grupos de poder y de presión ocultos en el interior de la Iglesia y dentro del mismo grupo de los obispos o de los cardenales, que aparentemente parecen respetuosos de la autoridad pontificia. Pero para el ojo experto, como para el de un buen médico, bastan pocos signos o síntomas para vislumbrar la podredumbre que se esconde bajo la bella apariencia, como esos sepulcros blanqueados de los cuales habla el Señor. Se trata de ese "enemigo" (Mt ​​13,25-36), del cual habla el Evangelio, que secretamente ha sembrado cizaña en el campo de trigo. Al respecto, Jesús recomienda dejar crecer juntos el trigo y la mala hierba, por temor que, al quitar esta, venga también quitado el trigo. Se debe esperar, dice Él, el día del Señor, cuando Él, al revelar los secretos del corazón, hará justicia. Ahora bien, está claro que aquí Jesús se refiere al juicio divino en el fin del mundo, juicio definitivo e inapelable, que fija el destino último de todos nosotros. Pero esto no impide en absoluto que Jesús confíe un poder judicial a los pastores de la Iglesia, in primis a Pedro, cuando le ordena apacentar a sus ovejas. También está claro que este poder, limitado y falible, hace referencia solo al foro externo y no pretende escrutar lo íntimo de las conciencias, que solo Dios conoce. Sin embargo, a este poder, funcional al mantenimiento del buen orden de la paz en la Iglesia, es asignado por Cristo el derecho y el deber de fijar para todos las condiciones y los grados de pertenencia a la Iglesia, para lo cual no está prohibido, en las debidas circunstancias y por motivos válidos, excluir de la comunión eclesial -he aquí la excomunión- a quienes se hacen indignos por sus falsas ideas o por su mala conducta.

La excomunión excluye de la comunión eclesial

La excomunión es un decreto de la autoridad, Papa u Obispo, con el cual el prelado, a fin de corregir -penas medicinales o censuras, título IV, capítulo I- o a fin de proteger a la comunidad -penas expiatorias, capítulo II-, impone penas que en aíslan en diversos modos al excomulgado de la comunidad y le limitan la posibilidad de tener relaciones con ella o de influir en ella, porque tal actividad es considerada peligrosa o, en todo caso, reprobable. Tales penas pueden ser, a modo de ejemplo: o bien el traslado a otra residencia, el exilio, o la destitución de un oficio o la prohibición de dejar el domicilio o la prohibición de la actividad publicista o de la administración o de la recepción de los sacramentos, hasta la reducción al estado laical para los clérigos o la expulsión del instituto para los religiosos.
El cisma y la herejía de por sí son pecados mortales. Ellos son castigados a norma de ley canónica. Es posible que estos criminales escapen a la justicia de la Iglesia, pero no escapan al juicio de Dios. Todo fiel debe saber reconocer al cismático y al hereje, sin esperar la sentencia de la Iglesia, porque debe defenderse de estas tentaciones diabólicas. Para ello la Escritura da varias advertencias y consejos.
En la condena por herejía la Iglesia es infalible y no se desmiente o contradice nunca. En cambio, en el excomulgar la Iglesia puede equivocarse o puede quitar la excomunión. Esto se debe a que en la cuestión de la herejía está en juego la verdad de fe, que no cambia y en este campo el Sumo Pontífice ha recibido expresa promesa de Cristo de no errar. En cambio, la excomunión puede estar ligada a la conducta del excomulgado, quien puede corregirse, por lo cual ella puede ser levantada. Permanece, de todos modos, que el efecto de la excomunión, que puede ser también injusta, ilícita o inválida, no afecta para nada el estado del alma del excomulgado delante de Dios, estado que podría ser de pecado mortal -y de por sí el cisma y la herejía son pecado mortal-, pero también podría ser un estado de gracia, en cuanto el excomulgado esté inculpado injustamente. Por eso, la potestad eclesiástica, como dijo orgulloso Girolamo Savonarola a su verdugo subiendo al patíbulo, puede excluir de la Iglesia terrena, pero no de la celestial.
También hay que decir que la pertenencia a la Iglesia y, en consecuencia, la comunión eclesial y la exclusión de ella -es decir, la excomunión- no es un simple acto de la voluntad, con el cual ella puede aceptar o rechazar in toto una propuesta o una orden perentoria que le haya sido hecha, como sería la de permanecer en una habitación, o la de dejarla.
El pertenecer o no pertenecer a la Iglesia, el permanecer en la Iglesia o dejar la Iglesia, no son cosas tan simples. Ciertamente, pueden existir formas de separación neta y total, como la pérdida de la fe con la apostasía. Pero frecuentemente existen diversos grados de separación y por lo tanto de excomunión. Es necesario también ver qué idea uno se hace de la Iglesia y de la pertenencia a la Iglesia o de la comunión eclesial. Uno puede estar convencido de pertenecer plenamente a la Iglesia y, en cambio, pertenece a ella sólo parcialmente, como por ejemplo los protestantes o los modernistas. Por ello, suelen existir grados de pertenencia y grados de exclusión o de separación. Por esto, las excomuniones no son todas del mismo peso o nivel. El sarmiento puede ser periclitante en varios niveles. Se puede estar separados por ciertos valores, pero no por otros. Por el contrario, la comunión eclesial es el vértice de una pertenencia que inicia desde un grado mínimo para ascender al máximo. Aquí nos ayuda la imagen evangélica de la vid y de los sarmientos. Un sarmiento puede desprenderse parcialmente de la vid, pero aún recibe su savia. Así, los hermanos separados gozan de una cierta comunión con la Iglesia católica, aunque esta comunión no sea plena.
Todo fiel debe saber distinguir el trigo de la mala hierba, debe saber juzgar por sí mismo si otro hermano, fuera teólogo, obispo o cardenal, está o no en comunión con la Iglesia y, en consecuencia, frecuentarlo, si  está en comunión; o mantenerse alejado, si no está en comunión. He aquí, entonces, las directivas del Nuevo Testamento: "Manténganse alejados de cualquier hermano que se comporte de manera indisciplinada" (2 Tes 3,6). "Si alguno no obedece a las indicaciones de esta carta, señálenlo, y que nadie trate con él para que se avergüence" (v.14). "Manténte alejado del hereje (airetikón)" (Tit 3,10). "Si alguien se presenta ante ustedes y no trae esta misma doctrina, no lo reciban en su casa ni lo saluden. Porque el que lo saluda se hace cómplice de sus malas obras" (2 Jn 10-11). Evidentemente se trata de casos en los cuales el diálogo es imposible o inconveniente o peligroso o inútil por los siguientes motivos: bien porque el hereje no acepta la corrección o porque intenta él mismo seducirnos o porque nos trata con desprecio.
Por lo tanto, a fin de custodiar y promover los valores teóricos y morales sobre los que se rige la estructura de la Iglesia una, santa, católica y apostólica, se debe prestar el máximo cuidado a todos los fieles, pero sobre todo a los pastores y teólogos bajo la supervisión y dirección del Papa, se debe cuidar de que la sana doctrina del Evangelio sea correctamente interpretada por todos, aceptada, compartida, difundida y defendida contra las herejías, que son precisamente el rechazo o la deformación de las verdades de fe. El prelado, por lo tanto, en la Iglesia, y ante todo el Sumo Pontífice, supremo custodio de la unidad de la Iglesia y fautor de la comunión eclesial, tiene la facultad de expulsar de la Iglesia, es decir, de excomulgar, a aquellos fieles que, o por su actitud cismática o por sus ideas heréticas o escandalosas, falsifican la doctrina, desobedecen al Sumo Pontífice o crean divisiones en la Iglesia.
Existen fieles que de hecho, ya sea por sus ideas o por su conducta, están fuera de la Iglesia y en contra de la Iglesia, pero quieren permanecer en ella para cambiarla con sus errores. Ocurre en estos casos que el prelado ingenuo o connivente no los excomulga, sino que los deja hacer o incluso los sostiene, o bien, los invita a predicar a los fieles dentro de las iglesias. Por el contrario, existen obispos, sacerdotes y fieles en plena comunión con la Iglesia, de la cual pueden denunciar males y escándalos, que, sin embargo, por el hecho de oponerse a pastores o teólogos cismáticos o heréticos, vienen a ser tratados por ellos como si estuvieran excomulgados. Por lo tanto, existe una diferencia entre la excomunión oficial y el estar de hecho fuera del aparato eclesiástico.
Cualquier cristiano puede ser hereje, cismático o excomulgado, excepto el Papa, que por asistencia divina es el supremo custodio de la verdad evangélica y de la comunión eclesial. En efecto, el ser excomulgado conlleva la ruptura con un superior eclesiástico o con el Papa. Pero el Papa evidentemente no tiene ningún superior terreno al cual él pueda rebelarse, si no Jesucristo. Y por otra parte debe tenerse en cuenta que un Papa puede ser un mal pastor de la Iglesia, pero no puede enseñar la herejía. Por ello, el Código pone entre los "delitos contra la religión y la unidad de la Iglesia" (parte II, título I), "la apostasía, la herejía y el cisma" (can.1364), así como la publicación y difusión de "la blasfemia, de la ofensa a las buenas costumbres, de las injurias, la excitación al odio o al desprecio contra la religión o la Iglesia" (can.1369) y "las enseñanzas de doctrinas condenadas por el Romano Pontífice o por el Concilio Ecuménico" (can.1371), lo que equivale al rechazo o a la falsa interpretación o falsificación de las enseñanzas del Papa o del Concilio. Por eso el delito de herejía merece la excomunión (cánones 1364, 1331).
La excomunión puede ser latae sententiae o ferendae sententiae. La primera se activa automáticamente al completar el acto criminoso, por ejemplo, golpear a la persona del Papa o abrazar una herejía para la cual ya está prevista excomunión. Latae sententiae quiere decir que la sentencia está ya pronunciada. Ferendae sententiae, en cambio, quiere decir que es necesario un proceso, al término del cual el juez pronuncia la sentencia, por ejemplo para establecer si una persona es o no es hereje.

Ejemplos notables de excomunión

Un ejemplo reciente, es el de los cuatro obispos lefebvrianos, los cuales, en un primer momento excomulgados, han sido luego subsecuentemente liberados por Benedicto XVI. En cambio, quien apoya la Misa vetus ordo -que, por lo demás, es legítima en sí misma- pero rechaza, como hizo Lefebvre, la Misa novus ordo con la acusación de filo-luteranismo, es excomulgado. La Misa novus ordo representa, en efecto, el momento máximo de la comunión eclesial. Rechazar tal Misa quiere decir, por consiguiente, separarse de la comunión eclesial y por eso se es penalizado con la excomunión.
Famosa ha seguido siendo la revocación recíproca de la excomunión entre el beato Paulo VI y el patriarca Atenágoras. Sin embargo, cabe preguntarse qué sentido haya tenido la excomunión del Papa por parte del patriarca Miguel Cerulario en 1054. El Papa puede excomulgar, pero no puede ser excomulgado, porque no tiene en la tierra ningún superior del cual pueda separarse. De hecho, el Papa es el principio de la comunión eclesial, mientras que el fiel es el que se deriva de este principio. Ahora bien, el principiado puede separarse del principio, pero el principio no puede separarse de sí mismo. Por consiguiente, el patriarca de Constantinopla, excomulgando al Papa, no ha hecho más que separarse de la Iglesia. Paulo VI hizo un gesto magnánimo revocando la excomunión a Atenágoras, pero el Patriarca, más allá de su amistad con Paulo VI, hizo un gesto objetivamente y jurídicamente nulo, como nula habia sido su excomunión hacia el Papa. Cabe señalar por otra parte que la Iglesia puede levantar la excomunión a herejes que sigan siendo herejes, como lo son nuestros hermanos ortodoxos, dado que con ellos aún no se ha resuelto la disputa acerca del Filioque. Es evidente entonces que esta su reintegración implica una comunión muy imperfecta, dada la permanencia de carencias doctrinales.
En la historia ha habido excomuniones que no sólo no tuvieron el efecto esperado de inducir o estimular al excomulgado al arrepentimiento, sino que han tenido el efecto de provocarlo aún más al odio contra el Papa y la Iglesia, como ha sucedido con la excomunión a Lutero por el papa León X, y por san Pío V contra la reina Isabel de Inglaterra. Si el excomulgado ya tiene muchos seguidores, él se enorgullece de ello y se hace fuerte, por lo cual la excomunión lo trastorna y lo exacerba aún más. Son los Santos, por ejemplo un san Pio da Pietrelcina, que se someten incluso a censuras injustas. Pero los herejes, poderosos y alborotadores que son excomulgados, fácilmente lo hacen peor. Por eso, sobre todo hoy que los modernistas son muy poderosos, los Papas renuncian a excomulgarlos.
En cambio, en cuanto a la excomunión a quien profesa la doctrina del comunismo ateo marxista, impuesta por Pío XII, ella nunca ha sido abolida, aunque la Iglesia no la haya mencionado desde entonces. Sin embargo, tal excomunión mantiene de hecho su valor, ya que es evidentemente imposible que un ateo participe de la comunión eclesial.
En cuanto a la pertenencia o membresía en la masonería, un decreto de 1984 de la Congregación para la Doctrina de la Fe advierte que cualquier afiliado a la masonería está en pecado mortal y no puede recibir la Comunión. También en este caso el motivo de la excomunión es evidente: la masonería no reconoce el dogma de la comunión de los santos.
Por cuanto respecta a la excomunión de los asociados a la mafia, ella está motivada por el hecho de que se trata de una asociación para delinquir que tiene por finalidad el hurto y la extorsión con recurso al asesinato y a la venganza privada, por lo cual es evidente que un miembro de tal asociación no puede gozar de la comunión eclesial. Lo mismo se aplica a los modernistas, los cuales, tienen un concepto de Iglesia incompatible con el propio de la Iglesia católica.

Los motivos y los fines de la excomunión

Merece ser excomulgado quien difunde herejías, perturba, hiere, ofende o desorganiza la comunidad, crea escándalo y divisiones entre los fieles, desobedece a la autoridad. Lamentablemente, sin embargo, hoy en modo macroscópico -excepto por no querer ver por qué están bloqueados por el miedo o por el respeto humano o porque están en el carro de los modernistas o porque están involucrados o porque están cerrados en sus propios intereses mezquinos o porque sufren de aloquismo doctrinal ²- estos personajes se multiplican, son honrados y suben a altos puestos, mientras que aquellos que están verdaderamente en comunión con la Iglesia son golpeados, humillados o marginados. Así, los excomulgables no son excomulgados y sucede que quien está en comunión es excomulgado o al menos viene a ser tratado como si estuviera excomulgado. Una hermosa confusión e injusticia, donde quien disfruta es el demonio, maestro del oscurantismo que conduce a la perdición.
Acerca de la cuestión de las especies de excomunión, debemos plantearnos tres cuestiones: una primera cuestión es la de distinguir la excomunión justa o lícita de la injusta o ilícita; una segunda es la de distinguir la excomunión válida de la excomunión inválida o nula; y una tercera es la de distinguir la excomunión declarada u oficial de la efectiva o de hecho.
La excomunión es justa cuando interviene el prelado movido por la preocupación de salvaguardar la verdad de la fe y la comunión eclesial, y de llamar al rebelde a la obediencia. A propósito de la excomunión injusta, en cambio, santo Tomás de Aquino dice que la excomunión puede ser injusta tanto por parte del excomulgador como por parte del excomulgado. En el primer caso ella tiene efecto, es decir, el sujeto queda oficialmente excomulgado mediante público decreto, aunque no merece tal procedimiento o disposición, y más bien habría merecido un decreto de alabanza. Por tanto, la excomunión puede ser injusta, en cuanto motivada no por el respeto a la autoridad superior, como sería el Magisterio de la Iglesia, o por el temor de Dios o el amor por la verdad o por la Iglesia, sino por la ignorancia, por el odio o por envidia hacia el excomulgado; o bien puede ser injusta porque carece de fundamento o motivo jurídico o doctrinal, y de hecho está basada en acusaciones falsas y motivos o pretextos heréticos ³. La primera es válida pero ilícita; la segunda es inválida y nula.
El prelado debe prestar mucha atención para comprender y valorar los motivos que guían el pensamiento y la acción del supuesto disidente o hereje, sobre todo si tiene muchos seguidores, para no confundir a un profeta con un rebelde, como sucediera con Savonarola, o a la inversa, para no confundir a un rebelde con un reformador, como les sucediera a ciertos obispos alemanes frente a Lutero, los cuales, en lugar de condenar al así llamado "Reformador", se pasaron al lado de Lutero. El prelado no debe precipitarse al juzgar, no debe dejarse condicionar por el clima pasional y sectario que frecuentemente se crea en torno a estos hechos, debe ser cauto en la valoración de las acusaciones que hace el ambiente contra el presunto infractor y debe preferir escucharlo y consultarlo a él directamente. Si es el caso, instituya un proceso, para no correr el riesgo de condenar a un inocente o de absolver a un culpable.
También puede suceder que una excomunión injusta sea irrogada por un prelado hereje, el cual puede no estar oficialmente excomulgado, por lo cual no está sustancialmente y efectivamente en comunión con la Iglesia, mientras que el súbdito oficialmente excomulgado, en cuanto ortodoxo, permanece de hecho en comunión con la Iglesia.
Está claro que un prelado que excomulgue en base a un falso concepto de Iglesia o de obediencia o sin estar él primeramente sometido al superior mayor o al Romano Pontífice o a la Palabra de Dios, excomulga inválidamente, por lo cual de por sí, tal excomunión es nula y no debería tener producir efecto. Sin embargo, de hecho, la acción de un prelado autoritario, influyente, prepotente, apoyado por sus pares o por poderes mundanos, hacia una persona honesta pero indefensa, puede de todos modos producir un efecto social deletéreo, ejerciendo violencia sobre el excomulgado y sobre sus discípulos, difamándolo entre la comunidad, y dañando a la propia comunidad así engañada por la falsa excomunión.
Santo Tomás de Aquino enseña que en estos casos el excomulgado puede recurrir a los superiores mayores. Ciertamente, si es el Papa el que ha excomulgado injustamente, se debería soportar con paciencia, evitando asumir actitudes vengativas o rencorosas, que ciertamente pondrían al excomulgado, en el caso que tuviera razón, del lado equivocado. Si luego, como fue el caso de Lutero, el rebelde es excomulgado correctamente, está claro que una eventual objeción a la disposición por parte del excomulgado, agravaría aún más su culpa.
El hecho de que una excomunión no tenga vicios de forma -por ejemplo, si es emanada por la legítima autoridad o entra en mérito- no significa necesariamente que ella sea justa, oportuna, beneficiosa, lícita. Ella puede estar originada en la prepotencia o en la grave culpa del excomulgador, como lo fue la excomunión de Savonarola por parte de Alejandro VI. Si luego la excomunión también está infectada de vicios de forma, como por ejemplo ser efecto de un abuso de autoridad o, como observa santo Tomás de Aquino, "no debida o porque la sentencia es contraria al orden jurídico" ⁴, además de ser injusta en el contenido y en los motivos, ella es del todo nula.
Casos de este género son hoy frecuentes debido al hecho de que el modernismo se ha extendido entre los obispos, por lo cual no solo es raro que un obispo excomulgue a un hereje, sino que incluso sucede que los fieles ortodoxos son excomulgados por obispos herejes. Es claro que una excomunión motivada por una causa herética, siendo contraria a las normas de la fe y del derecho, es nula, por lo cual el excomulgado en principio podría no tenerla en cuenta. Excepto que, sin embargo, es posible que en tal caso el prelado se enfurezca todavía más, por lo cual al excomulgado le conviene resignarse. Desde este punto de vista, santo Tomás de Aquino observa que una excomunión puede ser injusta y, sin embargo, surtir efecto punitivo ⁵, al cual el excomulgado, en hipótesis, no tiene medio de escapar o liberarse, como en cambio tuvo suerte de hacer san Juan de la Cruz, escapando de la cárcel del convento.
La excomunión tiene un doble propósito: primero, el de ser un castigo ejemplar y saludable; ejemplar, para disuadir a otros de imitar a excomulgado; saludable, es decir, tal para inducir al excomulgado al reconocimiento del propio error, al arrepentimiento y a la penitencia, para que pueda corregirse y ser reintegrado en la comunión eclesial. Para ello, no debe ser ni excesiva, ni demasiado leve, sino conmensurada con la entidad del daño causado a sí mismo y a la Iglesia por el cismático o por el hereje y a la cualidad y cantidad de sus fuerzas morales y de su reputación en la Iglesia, así como por el ascendiente, por la fama y por los seguidores que él tiene en ella. No debe aislarlo demasiado de la comunidad, de modo que no empeore su hostilidad hacia ella y no tenga la tentación de abandonarla del todo, sino que le sea mantenido en ella un cierto grado de estima y de consideración. Efectivamente, sucede que el disidente sea objeto de una hostilidad injusta y exagerada por parte de ciertos fieles o enemigos demasiado celosos, malignos o de corto intelecto, por lo cual el prelado debe defender y proteger al disidente también de ellos.
La excomunión no debe tampoco dejar al excomulgado demasiada libertad de acción y de movimiento, ni debe dejarlo demasiado insertado en la comunidad, porque esto le permitiría continuar esparciendo sus herejías y fomentar la rebelión a la Iglesia. Las excomuniones que son demasiado blandas y puramente formales, que no perturban demasiado al excomulgado, pierden su eficacia disuasoria y educativa, vienen a ser ridiculizadas por él y por sus seguidores y no surten ningún efecto más que el de crear un mártir a los ojos de los seguidores. Tal probablemente sería la excomunión de los mafiosos y tal, lamentablemente, ha sido la excomunión de los comunistas.
El segundo propósito de la excomunión es el de hacer claridad en el sentido de ayudar a discernir quién pertenece a la Iglesia y quién está fuera, es por lo tanto el de liberar a la Iglesia de un agente peligroso, desalentando a los fieles a querer seguirlo. Puede suceder que la Iglesia en estas intervenciones sea demasiado severa, como parece haber sucedido en los casos de Pietro Valdo en el siglo XII, de los albigenses en el siglo XIII, de Jan Hus en el siglo XV y de Lutero. Ellos no carecían de algunas buenas ideas al proponer una reforma de la Iglesia, aunque sus herejías eran ciertamente condenables. Sin embargo, ellos contaban entre sus filas también a personas de buena fe, por lo cual, si se hubiera tenido mayor confianza en el diálogo, tal vez se hubiera evitado una dolorosa división que perdura todavía después de siglos.

La reconstrucción de la comunión

Paradigmática es la parábola del hijo pródigo (Lc 15,11-32). El excomulgado no es tanto alguien que es expulsado, sino que es alguien que se va. El decreto de excomunión muy a menudo no es más que el doloroso reconocimiento y la triste noticia pública de que el hermano nos ha dejado y se ha convertido en nuestro enemigo. En la excomunión no existe tanto la indignación, sino más bien el dolor y la esperanza de que el hijo perdido sea reencontrado. Es él quien ha querido irse. Y si un hermano es expulsado, es porque ya prácticamente no estaba en comunión y perturbaba la comunión. Entonces, ¿qué cosa se espera de la excomunión? El retorno del hermano, el reconocimiento de su culpa, su arrepentimiento.
¿Por qué son tan raros los fenómenos de la conversión? Quizás la Iglesia hasta ahora no ha hecho lo suficiente para recuperar a estos hermanos, a estas ovejas descarriadas. Se ha utilizado demasiada severidad y muy poca misericordia. Así lo pensó al menos san Juan XXIII al decidir y al convocar el Concilio Vaticano II. Se ha querido retener al hijo pródigo por la fuerza, sin intentar convencerlo de lo que se encontraría abandonando la casa paterna. Sin embargo, se debe también reconocer con franqueza que en muchos casos la honestidad y la humildad de las cuales el hijo pródigo da pruebas en la parábola lucana, al darse cuenta del mal negocio que ha hecho abandonando la casa paterna, han sido siempre virtudes raras. Casi siempre los herejes parecen encontrarse bien comiendo las algarrobas de los cerdos, y se jactan de ello, adornándolas con engañosos oropeles, como si fueran signo de libertad y de sabiduría, y de hecho invitan a otros a seguirlos y otros los siguen.
¿Qué puede hacer la Iglesia en estos casos? Con el Concilio Vaticano II ella ha decidido emprender un nuevo camino, que reduzca al mínimo el uso de la severidad y por lo tanto reduzca al mínimo el uso de la excomunión y del temido anáthema sit. Algunos teólogos han interpretado la decisión conciliar en el sentido de que el Concilio supondría que todos los hombres, al menos inconscientemente, buscan a Dios y están en gracia; por lo cual el anuncio del Evangelio no debería ser ya propuesto en los términos categóricos y amenazantes de un aut-aut: como único camino de salvación, rechazando el cual se abre el abismo del infierno: o crees o no te salvas; sino simplemente como anuncio de una misericordia, de la cual ya todos los hombres de buena voluntad son objeto, quizás inconscientemente, cualquiera que sea la religión a la cual pertenezcan. En esta visión optimista, dado que todos se salvan, cada uno es libre de seguir su propia religión. Los contrastes doctrinales no tendrían importancia. El hecho determinante sería que todos son objeto de la divina voluntad salvífica. Por lo tanto, todos, quizás inconscientemente, pertenecen a la Iglesia, que abarca todas las religiones, sin exclusiones.
Para los modernistas, por tanto, no podemos decirle al luterano, al judío o al musulmán: tú estás en error. De hecho, siempre puede decirnos: en error lo estoy para ti, pero no en mi religión. Se comprende entonces cómo en esta visión relativista pierde su sentido o su interés la excomunión. Está claro que una Iglesia que no se considera en posesión de la verdad absoluta, como la conciben los modernistas, ya no distingue netamente y definitivamente el dogma de la herejía, por lo cual la idea misma de la excomunión no tiene ningún sentido para ellos. La Iglesia concebida por los modernistas se opone, por tanto, a la Iglesia del pasado, llamada por ellos pre-conciliar, que ahora parece impositiva y anti-liberal, irrespetuosa del pluralismo, y de la libertad de conciencia.
Otros dicen: la severidad y la amenaza del infierno no han servido. Pero entonces, ¿no será que al fin de cuentas la misericordia divina alcance a todos y que todos se salven? Respetemos la diversidad, centrémonos en el diálogo y en lo que nos une: los intereses comunes por la paz y por la justicia. Eso está bien. Sin embargo, existen verdades que tocan a Dios o la salvación, que no gustan a los hermanos separados. ¿Y entonces qué hacemos? Algunos, son de la idea de que es bueno guardar silencio sobre esas verdades y admitir solo aquellas verdades en las cuales todos estamos de acuerdo. Las otras las dejamos facultativas a las individuales confesiones. Pero no es este el mandato de Cristo. Y, de hecho, el Concilio vuelve a proponer el Evangelio a toda la humanidad.
El Concilio, sin embargo, a diferencia de los precedentes, conscientes de la irremediable tendencia humana al pecado, propia de la naturaleza caída, prevalentemente dedicados por tanto a la lucha contra el mundo y a la condena de los errores y de los vicios, con los correspondientes castigos infligidos a los desobedientes, parece animado por la confianza de poder edificar sobre esta tierra la concordia general de la humanidad en torno a Cristo (cf. Pacem in terris), en la confianza de poder realizar la colaboración de la Iglesia con el mundo, de poder construir una humanidad justa, unida y pacífica, en la cual la Iglesia y el mundo estén de acuerdo. El mundo es visto como sustancialmente disponible a aceptar el Evangelio, y la Iglesia parece confiada de poder conquistar todo el mundo, porque todo el mundo espera a Cristo. Y así el Concilio parece minimizar la tendencia de los hombres a la malicia y al pecado -de ahí la necesidad de la coerción y de la disciplina-, consecuentes al pecado original y a considerar que la educación, el testimonio y la predicación del Evangelio sean suficientes para crear una humanidad finalmente justa, feliz y concorde.
Sin embargo, el Apocalipsis predice que el choque de la Iglesia con el mundo -la Mujer y el Dragón- durará hasta la Parusía, por lo cual la conclusión de la historia no será la simbiosis de la Iglesia con el mundo y la unificación general de la humanidad en la concordia y en la paz, sino más bien la victoria de Cristo sobre las potencias del mal y la separación final del trigo de la cizaña, con la salvación de los elegidos y la condenación de los réprobos.
Otra cosa a tener en cuenta: hasta el Vaticano II, la Iglesia siempre se ha atenido a precisar su identidad y a oponerse al mundo. De ahí la facilidad con la cual ella polemizaba con el mundo, condenaba los errores del mundo y excomulgaba a quien cedía a las seducciones del mundo, en particular del mundo moderno. Ella tenía mucho cuidado por sus hijos, quería que estuvieran protegidos de las insidias del mundo y de los errores de las otras religiones, comprendidos los cristianos no-católicos, mientras que era severa hacia el mundo, en el cual veía casi solamente peligros y corrupción. Si ella contactaba con el mundo, el propósito era el de convertirlo al Evangelio, según el mandato de Cristo.
El Vaticano II ha dirigido a la Iglesia a una mayor apertura a los valores del mundo y de las otras confesiones religiosas. Esto ha llevado a un enriquecimiento y a una mejora de las costumbres, de la teología y de la cultura católicas, pero al mismo tiempo ha disminuido el cuidado de preservar a la Iglesia de la penetración en ella de doctrinas erróneas o peligrosas. Así ha sucedido que, si bien por un lado la Iglesia ha adoptado una actitud más conciliadora hacia el mundo, por otro, han surgido conflictos y corrupción en su interior a causa de la penetración de los errores y de las malas costumbres del mundo, penetración no suficientemente impedida por los pastores, los cuales han reducido considerablemente el uso de la excomunión.
Lo que hoy se requiere es un mayor cuidado en los pastores, comenzando por el Papa, en la buena formación de los fieles y de los mismos pastores, en el pacificar los ánimos amargamente divididos por una desgraciada y gangrenosa oposición entre lefebvrianos y modernistas, que se ha prolongado durante cincuenta años, en el defender a la Iglesia de la penetración de ideas falsas o heterodoxas y, por tanto, en la moderada reanudación de un uso sabio y prudente de la institución de la excomunión, sin renunciar en absoluto a cuanto el Concilio ha producido en la relación de la Iglesia con el mundo moderno. Está claro que es necesario llevar adelante la obra de la evangelización; pero no debemos ilusionarnos engañados de que en un futuro lejano o cercano la humanidad se reunirá en torno a la Iglesia. Y ni siquiera es de esperar en una convivencia pacífica mundial entre las religiones, como algunos hipotetizan o esperan.
Al cristianismo, por voluntad de Cristo, le corresponde el dominio sobre el mundo. Las religiones deben estar sometidas a la religión cristiana católica. El cristianismo no se adapta, por su naturaleza, a ser una religión a la par de las otras, como si fuera un partido político en un parlamento mundial. No confundamos las relaciones civiles entre las religiones con la Organización de las Naciones Unidas. No son estas las cosas previstas por la escatología apocalíptica. El cristianismo continuará expandiéndose, pero siempre en lucha contra las fuerzas de Satanás. Siempre, en la Iglesia, se mezclarán el trigo y la cizaña, siempre ella deberá purificarse del pecado y expulsar de su seno a los indignos, siempre tendrá la oposición de enemigos y siempre será perseguida. Siempre avanzará y se renovará en la historia, y convertirá los corazones a Cristo, siempre acogerá nuevos hijos, y generará nuevos santos, hasta que, en un momento conocido sólo por Dios, la Iglesia parecerá derrotada y tendrá lugar la gran apostasía, prevista por san Pablo, que sin embargo precederá al Retorno triunfal de Cristo glorioso.

P. Giovanni Cavalcoli
Varazze, 24 de septiembre de 2018

Notas

¹ Comentario a las Cartas de san Pablo, c.9, 3, lect.I, n.739, Ed. Marietti,Torino-Roma 1953, p.134.
² Defecto espiritual atribuible al oportunismo, a la adulación y a la cobardía o pusilanimidad, hoy difundido entre los obispos, por el cual ellos, por burda ignorancia o por respeto humano o apego a la sede episcopal, ni siquiera se dan cuenta de que los herejes los están tomando por las narices. No solo huyen frente al lobo que ha entrado en el redil, sino que ni siquiera notan su presencia, encomendando importantes oficios eclesiásticos a personas que deberían ser excomulgadas.
³ Summa Theologiae, Suppl., q.21, a.4.
 Ibid.
 Ibid.
_________________________


Anexo

Habiendo individuado la que me ha parecido la tesis central de este artículo, he aquí mi transcripción de este artículo del padre Giovanni Cavalcoli, pero sintetizado en un muy breve esquema según el método escolástico de Santo Tomás de Aquino, que prefiero ofrecer en lengua latina, de manera que pueda ser aprovechado no sólo por los lectores hispanohablantes, sino también por quienes pertenecen a otras tradiciones lingüísticas, particularmente los estudiantes de filosofía y teología.

Articulus unicus

Utrum excommunicatio sit remedium necessarium contra haeresim

Ad hoc sic procediturVidetur quod non sit.
1. Ecclesia, Spiritu Sancto assistente, non potest ita laedi ab haeresi ut opus sit fideles expellere. Hoc affirmare esset negare indefectibilitatem Ecclesiae et fideles in diffidentiam inducere.
2. Praeterea Evangelium praecipit ne maledicamus et inimicos diligamus. Videtur igitur quod excommunicatio caritati christianae et mandato Christi repugnet, praesertim his temporibus, cum dialogus oecumenicus et apertio interreligiosa inter valores fundamentales numerentur.
3. Item, Concilium Vaticanum II viam misericordiae et dialogi praeferens, usum excommunicationis et anathematis ad minimum redegit. Non videtur igitur necessaria ad vitam Ecclesiae, cum videri possit quasi vestigium severitatis praeconciliaris.
4. Denique historia ostendit multas excommunicationes fuisse contrarias effectui sperato, sicut in casu Lutheri aut reginae Elisabeth Angliae, quae in sua rebellione corroboratae sunt. Videtur igitur quod excommunicatio non sit remedium, sed causa maioris divisionis.

Sed contra est quod Apostolus dicit: si quis evangelizaverit praeter id quod accepistis, anathema sit (Gal 1,9). Concilia anathematizaverunt errores damnatos. Codex Iuris Canonici statuit Ecclesiam ius originarium et proprium habere puniendi sanctionibus poenalibus fideles delinquentes (can.1311). Sanctus Pius X modernismum tamquam omnium haeresum synopsim damnavit, et Paulus VI locutus est de magisterio parallelo quod episcopos per theologos et exegetas substituere intendebat.

Respondeo dicendum quod excommunicatio est remedium necessarium contra haeresim, quia communio ecclesialis oritur ex communi acceptione veritatum fidei et disciplinae a Magisterio sub ductu Papae traditae. Haereticus, has veritates recusans, pacem et unitatem perturbat, et ideo meretur separari. Excommunicatio non est odium, sed actus iustitiae et medicina spiritualis, quae fratrem corrigere et communitatem tueri intendit. Quamvis vox anathematis relicta sit, manet tamen res ipsa excommunicationis ut defensio Ecclesiae.
Praeterea excommunicatio duplicem habet finem: exemplarem, ut alii deterreantur ne excommunicatum imitentur; et salutarem, ut ipse ad erroris agnitionem, ad paenitentiam et ad correctionem inducatur, ut iterum in communionem ecclesialem recipi possit. Non debet esse nimis gravis nec nimis levis, sed proportionata damno et vi culparum. Excommunicatio iniusta quidem exsistere potest, sed non tollit necessitatem iustae, quae Ecclesiam tuetur contra doctrinas erroneas et contra consociationes quae contra eam machinantur.

Ad primum dicendum quod indefectibilitas Ecclesiae non excludit praesentiam haeresum internarum, sed praestat ut numquam contra eam praevaleant.  
Ad secundum dicendum quod prohibitio maledicendi ad innocentes pertinet, non ad culpabiles; et excommunicatio, iuridice intellecta, est actus iustitiae medicinalis.
Ad tertium dicendum quod, etsi Concilium Vaticanum II usum excommunicationis minuit, non tamen abolevit, quae adhuc necessaria est in casibus gravibus ad fidem et communionem custodiendam.
Ad quartum dicendum quod, etsi aliquae excommunicationes fuerint contrariae effectui, hoc ex humana infirmitate et circumstantiis historicis provenit, non ex natura institutionis, quae manet necessaria ad unitatem et veritatem Ecclesiae servandam.
   
JG

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