jueves, 2 de julio de 2026

Un comentario mío al decreto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe respecto de la Fraternidad San Pío X

Este nuevo artículo del padre Giovanni Cavalcoli analiza el reciente decreto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe sobre la Fraternidad San Pío X y plantea cuestiones decisivas. ¿Puede negarse el carácter cismático de la Fraternidad cuando desde su origen se opuso a las doctrinas del Concilio? ¿Qué significa realmente “adherirse al cisma” y están todos los fieles implicados bajo excomunión latae sententiae? ¿No sería temerario juzgar en foro interno a decenas de miles de personas que creen de buena fe estar en comunión con la Iglesia? El texto del docto teólogo dominico nos invita a distinguir con rigor entre el dato de hecho y la declaración de la autoridad, y exhorta a mantener hacia los hermanos desviados una actitud de benevolencia y esperanza, mostrando nosotros primero la recta fe y la verdadera comunión eclesial. [En la imagen: la sede del Dicasterio para la Doctrina de la Fe].

Un comentario mío al decreto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe
respecto de la Fraternidad San Pío X

(Traducción al español del artículo del padre Giovanni Cavalcoli publicado en su blog el 2 de julio de 2026. Versión original en italiano: https://padrecavalcoli.blogspot.com/p/un-mio-commento-al-provvedimento-del.html)

El cardenal Víctor Manuel Fernández, en el Decreto ¹ y en la Nota explicativa ² de hoy, ha hablado de cisma y de excomunión.
Dado que el padre Davide Pagliarani ha negado que la Fraternidad sea cismática, citando a Santo Tomás, creo hacer un favor a los lectores si hago notar a Don Pagliarani que lo que dice no corresponde a la verdad.
En efecto, para Santo Tomás de Aquino ³ el cisma entra en los pecados contra la caridad y la comunión eclesial y se manifiesta concretamente con la desobediencia no a una cualquiera disposición o a un cualquiera mandato del Sumo Pontífice, sino en la desobediencia al Papa en una materia que concierne a la misma pertenencia a la Iglesia o, en todo caso, a una materia doctrinal que es condición para pertenecer a la Iglesia.
Ahora bien, por desgracia, la Fraternidad, desde su nacimiento, ha tenido entre sus fines el de oponerse a las nuevas doctrinas del Concilio Vaticano II, una materia evidentemente conectada con la pertenencia a la Iglesia.
En lo que respecta a la excomunión, ella es un decreto canónico de la autoridad eclesiástica con el cual el superior aleja a un fiel cismático o hereje de la comunión eclesial, a la cual él mismo, por lo demás, se sustrae con su acto cismático o con la herejía.
Es necesario hacer una precisión importante. Se debe distinguir el cisma como dato de hecho y la herejía como dato de hecho de la declaración oficial de la autoridad, la cual nota de cisma o de herejía a un cismático o hereje de hecho, tomando las oportunas medidas penales canónicas.
A tal declaración de la autoridad, ella puede añadir a su discreción un decreto de excomunión. Tal decreto puede no ser emanado, incluso en el caso de que se trate de fieles que de hecho no están en plena comunión con la Iglesia, como por ejemplo los modernistas.
Es necesario además prestar atención a estas palabras del cardenal Fernández: “Se amonesta a los clérigos y a los fieles laicos a no adherirse al cisma de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, porque incurrirían ipso facto en la pena de la excomunión latae sententiae.”
¿Qué quiere decir el cardenal con las palabras “adherirse al cisma”? Consideremos el hecho de que la Fraternidad guía decenas de miles de fieles esparcidos en sesenta países del mundo y que muchos han participado en el rito.
¿Están todos excomulgados latae sententiae? Es razonable pensar que entre estas decenas de miles de fieles haya muchos que no se dan cuenta de su situación objetiva y creen de buena fe estar en comunión con la Iglesia y trabajar con la Iglesia.
Ahora bien, tengamos presente que el cisma y la herejía son pecados mortales. ¿Debemos pensar que todos los lefebvrianos están en estado de pecado mortal? Sería este un juicio temerario en el fuero interno.
Conclusión. Debemos entonces asumir respecto de estos hermanos objetivamente desviados una actitud de benevolencia y de esperanza, haciendo todo el esfuerzo posible por encontrarnos con ellos en los valores comunes, dando nosotros primero un ejemplo de recta fe y de comunión eclesial.
Es claro que, por ejemplo, un modernista no está calificado para corregir a los lefebvrianos, porque Jesús le diría “quita primero la viga que está en tu ojo y entonces podrás decir a tu hermano déjame quitarte la paja”.
En cambio, en lo que respecta al Papa León XIV y al cardenal Fernández, ellos tienen las cartas en regla para pedir obediencia, porque vanamente podrían ser acusados por los lefebvrianos de modernismo.
Y si los lefebvrianos dirigen a ellos esta injusta acusación, pasan evidentemente a la parte del error y no están excusados de su desobediencia.

P. Giovanni Cavalcoli  
Fontanellato, 2 de julio de 2026

Notas

¹ Dicasterio para la Doctrina de la Fe - Prot. N. 99/2009 – Decreto - Desde el Palazzo del Dicastero, 2 luglio 2026: https://www.vatican.va/roman_curia/congregations/cfaith/documents/rc_ddf_doc_20260702_decreto-scomunica-fsspx_it.html
² Dicasterio para la Doctrina de la Fe - Prot. N. 99/2009 - Nota Explicativa - Desde el Palazzo del Dicastero, 2 luglio 2026: https://www.vatican.va/roman_curia/congregations/cfaith/documents/rc_ddf_doc_20260702_nota-esplicativa-fsspx_it.html
³ Summa Theologiae, II-II, q.39.

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