domingo, 3 de mayo de 2026

Curso de Escatología. Capítulo 7: La cuestión del limbo

¿El limbo es una tradición todavía venerable o una creencia que hoy debe ser abandonada? ¿Qué sentido tiene sostener que millones de niños, incluso las víctimas del aborto, quedarían excluidos de la visión beatífica, cuando la Escritura proclama la voluntad universal de Dios de salvar a todos? ¿No es más razonable reconocer que el bautismo, aunque necesario en el plan ordinario, admite también un plan extraordinario de salvación abierto por la misericordia divina? ¿Qué consecuencias trae confundir la Sagrada Tradición, que es inmutable, con tradiciones teológicas humanas que pueden y deben ser revisadas? Este séptimo capítulo del breve curso de escatología del padre Giovanni Cavalcoli nos invita a redescubrir la esperanza de la salvación para los niños muertos sin bautismo, a distinguir entre fe y opinión teológica, y a abrirnos a la plenitud de la verdad que el Espíritu promete a la Iglesia. [En la imagen: fragmento superior de "El Juicio Final", fresco realizado entre 1536-1541, obra de Miguel Ángel, conservado en la Capilla Sixtina, Ciudad del Vaticano].

Curso de Escatología
Capítulo 7: La cuestión del Limbo ¹

(Traducción al español del artículo del padre Giovanni Cavalcoli publicado el 25 de octubre de 2011 en el blog Riscossa Cristiana. Versión original en italiano: https://www.ricognizioni.it/corso-di-escatologia-di-p-giovanni-cavalcoli-op-settimo-capitolo-la-questione-del-limbo/)

Generalmente, en la predicación corriente, no suele hablarse jamás del limbo, y de él tampoco habla nunca el Magisterio de la Iglesia. Este tema, en cambio, tenía un cierto peso en la visión de la salvación hasta el Concilio Vaticano II. A partir de entonces, se ha extendido entre muchos fieles la convicción de que el limbo no existe, y que los niños que mueren sin el bautismo también van al paraíso del cielo.
Recordemos, enntonces, a los jóvenes -ya que los ancianos lo recordarán- qué es el limbo. Se trata precisamente de un lugar ultraterreno donde van las almas de los niños muertos sin el bautismo. "Limbo" proviene del latín limbus, que significa "margen". ¿Margen de qué cosa? Del infierno. Cuando la creencia en el limbo estaba muy extendida y era prácticamente común, apenas nadie se atrevía a usar la expresión completa, porque, tal como parece, causaba demasiada impresión. Sin embargo, el hecho es que, según esta doctrina tradicional, que se ha mantenido durante muchos siglos, prácticamente desde los tiempos de san Agustín de Hipona, el limbo forma parte del infierno, aún cuando se trata precisamente solo del "margen" superior, un poco como si en un gran hoyo alguien no se encontrara en el fondo, sino solo a poca profundidad. De hecho, san Agustín sostenía que el limbo implica una "pena levísima".
Por otra parte, la Iglesia ha definido dogmáticamente que en la ultratumba sólo existen dos condiciones definitivas del hombre: el cielo o el infierno. El purgatorio nos reconduce al paraíso. En cuanto al limbo, no se concebía como reconducente al paraíso, porque, basándose en la enseñanza de Cristo de que los que no están bautizados no se salvan, se pensaba que estos niños, muertos sin ser bautizados, no se salvarían.
La tradición del limbo es una tradición antiquísima, jamás reprobada por el Magisterio, pero que, sin embargo, el Magisterio nunca ha hecho propia. El mismo nombre de "limbo" nunca aparece en el lenguaje del Magisterio. Sólo es mencionado en una intervención del papa Pío VI, contra el Sínodo de Pistoia en 1794, pero no para afirmar que el limbo existe, sino sólo para decir que "no es una fábula pelagiana", como sostenían los jansenistas. Por lo tanto, estas palabras del Papa no hacen referencia a la existencia sino simplemente a la definición del limbo. Ahora bien, el problema de la definición de algo no significa todavía pronunciarse sobre la existencia efectiva de esta cosa. Por ejemplo, yo puedo decir que no es cierto que el centauro sea un caballo con tronco de mono, pero con esto no estoy afirmando que el centauro exista verdaderamente.
La doctrina del limbo en cambio, es enseñada explícitamente por el Catecismo de San Pío X. Sin embargo, debe observarse que en los catecismos no está contenida solo la doctrina del Magisterio, sino que suelen encontrarse también opiniones teológicas autorizadas y comúnmente compartidas en un determinado tiempo y no reprobadas sino permitidas por la Iglesia. Pero el hecho de que la Iglesia permita en el Pueblo de Dios la presencia de una determinada opinión teológica, no quiere decir necesariamente que la apruebe. Se podrían dar otros ejemplos: la doctrina de la superioridad del hombre sobre la mujer, considerada durante muchos siglos fundada en la Escritura, el Magisterio de la Iglesia en sus documentos oficiales nunca la ha hecho suya y, sin embargo, fue la convicción más común de todos los fieles, pastores y teólogos.
Por cuanto respecta a las posiciones de la Iglesia, sólo cuando con el papa Pío XII ella ha abordado el tema con el peso de su autoridad, y ha comenzado a hablar de igualdad de naturaleza y recíproca complementariedad de funciones entre hombre y mujer, negando implícitamente la tradicional doctrina de la inferioridad de la mujer.
Volviendo a la cuestión del limbo, podemos decir que últimamente los teólogos habían abandonado la concepción agustiniana de la "pena" para estos niños y habían adoptado la visión de santo Tomás de Aquino, según la cual ellos no sufren ninguna pena, de hecho disfrutan de una felicidad, aunque simplemente natural, no de la eterna bienaventuranza del cielo, la así llamada "visión beatífica". Excepto, sin embargo -han comenzado a observar los teólogos más recientes- que Dios ha destinado al hombre no simplemente a un fin último natural, sino sobrenatural, y esto también lo reconoce santo Tomás, quien, sin embargo, no parece sacar las consecuencias. De hecho, si es verdadera esta voluntad divina de conducir a todos los hombres a tal fin sobrenatural, fruto de la gracia y de la filiación divina, ¿por qué esta multitud ilimitada de niños desde el inicio de la humanidad hasta la fecha debería ser excluida?
La cuestión del limbo es abordada en el nuevo Catecismo de la Iglesia Católica. En el n.1261,  tratando de la suerte de los niños muertos sin bautismo, el texto habla de una "esperanza para su salvación" y dice que la Iglesia "los confía a la misericordia de Dios"; por eso cita igualmente la liturgia de los funerales de estos niños, donde la Iglesia también los confía a la misericordia divina. Ahora bien, recordemos que lex orandi es lex credendi. Por otra parte, ¿qué quiere decir que la Iglesia los confíe a la misericordia divina? ¿Cuál sería el efecto de esta misericordia si no la salvación? Además de esto podemos decir que si la Iglesia espera una cosa, no puede dejar de hacerse realidad.
Sin embargo, permanece el hecho de que así como la autoridad del Catecismo de San Pío X en este punto no es infalible, tratándose solo de doctrina de teólogos, que no son infalibles, así también ciertamente la autoridad del nuevo Catecismo sobre este punto no es infalible, no ha recibido el aval del Magisterio de la Iglesia con un pronunciamiento explícito y, por lo tanto, infalible. Hoy por hoy, tanto el afirmar que el limbo existe como el decir que no existe, no está en relación necesaria con la doctrina de la Iglesia, sino que solo se trata de una cuestión en vías de esclarecimiento. Mi opinión, a partir de varios signos, es que esta doctrina del limbo está siendo abandonada a raíz de nuevas consideraciones sobre la misericordia de Dios que han tenido inicio en las enseñanzas del Concilio Vaticano II.
Ciertos tradicionalistas, basándose sobre todo en el Catecismo de San Pío X y refiriéndose a una serie de textos de los Papas y de los Concilios del pasado, sostienen que la doctrina del limbo es doctrina de la Iglesia, y por lo tanto inmutable e irreformable; en la práctica sostienen que es una doctrina de fe. Sin embargo, tras un examen atento de estos documentos, su sentido -como he de mostrar a continuación- puede parecer ajeno a la doctrina del limbo, incluso si indudablemente el pensamiento puede llegar hasta él.
Daré sólo un ejemplo, además del que he dado del papa Pío VI: el Concilio de Florencia de 1439 dictaminó así: "Las almas de los que mueren con solo el pecado original, descienden al infierno". De aquí se deducía que, dado que los niños no bautizados mueren con la sola culpa del pecado original, por ende van al "infierno", no en el fondo, sino sólo en el margen superior, a la "entrada", por así decir. Y esto era precisamente el limbo. Pero hoy los teólogos objetan: ¿por qué no imaginar que la gracia de la salvación intervenga inmediatamente después de la concepción o, cuando menos, tiempo antes de que muera el niño? ¿Por qué motivo esta hipótesis? Esta hipótesis está basada en la doctrina de la fe, sobre la cual a su vez está basado el mensaje del Concilio Vaticano II, doctrina según la cual Dios quiere conducir a todos al cielo y da a todos, incluso sin los sacramentos, los medios para llegar allí.
Con esto, el Concilio Vaticano II no se aparta en absoluto de la Tradición, y tampoco de la fe, por lo cual la Iglesia administra el bautismo en orden a la salvación. Sin embargo, desde los primerísimos tiempos del cristianismo, como es bien sabido, la Iglesia ha bautizado a los niños, evidentemente todavía no capaces de razonar, y por tanto incapaces de emitir ese acto de fe que Cristo manda explícitamente junto con el bautismo para salvarse. Por lo demás, durante muchos siglos, como es bien sabido, la Iglesia ha admitido un "bautismo de deseo" y un "bautismo de sangre" distintos del bautismo sacramento.
¿Qué significa esto? Que la Iglesia, con la autoridad infalible que le ha sido conferida por Cristo, ha ampliado el significado del bautismo que significa purificación de los pecados, porque a lo largo de los siglos ha comprendido mejor la amplitud de la divina misericordia y, por lo tanto, el significado profundo de las palabras del Salvador, quien ciertamente prescribe el bautismo como un acto relacionado con el plan ordinario de la salvación.
Pero dado que Dios quiere salvar también a aquellos que sin culpa no pueden acceder a los sacramentos, es inevitable admitir también, como siempre se ha admitido, la existencia de un plan extraordinario de salvación, que la hace posible para esta categoría ilimitada de personas, si es verdadero lo que afirman los antropólogos, de que el hombre ha existido en la tierra desde hace dos millones de años y, por lo demás, hoy necesitamos preguntarnos sobre la suerte o destino de los cientos de millones de víctimas del aborto. ¿Todos ellos van al infierno, aunque sea solo el "margen" y solo por la culpa original sin culpas personales? Pero, ¿acaso es culpa de estos niños no haber sido bautizados?
Entonces, en este punto, moviéndonos en la línea de la ampliación del significado del bautismo, ampliación que ya ha sido hecha con la doctrina del bautismo de deseo y del bautismo de sangre, ¿no podríamos entonces todavía llamar "bautismo" y eventualmente "bautismo original o prenatal" la intervención salvífica de la gracia de Cristo antes de que muera el niño?
Sobre este tema, como es sabido, ha intervenido la Comisión Teológica Internacional con el documento "La esperanza de la salvación para los niños que mueren sin bautismo" del año  2007. En este largo e importante documento se comienza por constatar que siempre se ha sabido que la Escritura no dice absolutamente ninguna palabra del limbo, mientras que enseña a clara letra la voluntad de Dios de salvar a todos.
Por otra parte, sin embargo, el mismo documento, con mucha lealtad y franqueza frente al actual buenismo rahneriano imperante que sostiene que todos se salvan, cita el Concilio de Quierzy del 853, en el cual en cambio se dice que no todos se salvan. Sin embargo, con un proceder muy argumentado, partiendo de todas las fuentes de la teología y del Magisterio, el documento viene a dar a entender claramente que es contrario a la doctrina del limbo y a sostener, como por lo demás lo dice el propio título, "la esperanza de que también estos niños se salvan".
Pasando revista a los documentos de la Iglesia que tradicionalmente fueron utilizados por los teólogos para sostener el limbo, el documento muestra que no son probatorios y afirma, por lo tanto, explícitamente que la doctrina del limbo no es doctrina del Magisterio sino una simple doctrina teológica, por lo tanto, a diferencia del Magisterio, que es infalible y que por lo tanto no cambia, la doctrina teológica es revisable o falible, al menos en principio. Por lo tanto, según deja entender el documento, un mañana el Magisterio podría aprobar oficialmente la tesis de la salvación también de estos niños, negando por consiguiente implícitamente la doctrina del limbo. Obviamente esto no comportaría ninguna contradicción con el Magisterio del pasado, porque el Magisterio nunca se ha pronunciado sobre este punto.
Esta cuestión del limbo nos da la ocasión para aclarar la diferencia entre la Sagrada Tradición, fuente de la Revelación divina, y por lo tanto inmutable y perennemente verdadera, y las tradiciones existentes en la Iglesia, tradiciones que, por más útiles, seculares o respetables que sean, surgiendo sin embargo de simples creencias o decisiones humanas, en un momento dado les llega el tiempo en que, por cambiar las circunstancias o por una profundización de la Palabra de Dios y de la misma Sagrada Tradición, deben ser abandonadas sin ninguna nostalgia anacrónica y del todo dañina. Sobre este tema ha escrito un hermoso libro el famoso teólogo dominico Yves Congar: Tradición y tradiciones, publicado hace muchos años por las Ediciones Paulinas. Me gustaría invitar a mis amigos tradicionalistas a meditar sobre este libro.
Al mismo tiempo, es evidente con cuánto respeto el documento de la Comisión Teológica Internacional toma en consideración las tesis de los tradicionalistas y de esto da pruebas precisamente el hecho de que dedica más de treinta páginas a refutarlas, sin cerrar todavía por completo una puerta a la aún vigente legitimidad de la actual creencia en el limbo, dado que el Magisterio aún no se ha pronunciado definitivamente.
Por el contrario, sabemos bien cómo la actual tendencia modernista se libera de la doctrina del limbo con un simple encogimiento de hombros, considerando que ni siquiera vale la pena discutir una cosa de tal género. Pero el motivo de esta su actitud es indudablemente reprobable porque ellos muchas veces y de buena gana sostienen la doctrina errónea de que todos son salvos, por lo cual ni siquiera creen en la existencia del infierno. De hecho, si para la Escritura es verdad de fe la voluntad divina salvífica universal, para la misma Escritura es una herejía afirmar que no existen condenados en el infierno.
Sin embargo debemos también reconocer que el reciente Concilio Vaticano II, rectamente interpretado, nos abre nuevos horizontes sobre la grandeza de la misericordia de Dios, aunque sin excluir la justicia y este progreso en el conocimiento de la Palabra de Dios es el efecto del modo humano de conocer la verdad, modo humano que se refleja también en el conocimiento de fe, según la promesa del Señor, quien ha garantizado a su Iglesia conducirla a la plenitud de la verdad.

P. Giovanni Cavalcoli
Bologna, 25 de octubre de 2011

Notas

¹ Tenga en cuenta el lector que este artículo del padre Cavalcoli es de fines de septiembre de 2011. Pues bien, doce años después, la beatificación del hijo no nacido de los Ulma, el 10 de septiembre de 2023, en coherencia con la doctrina de la misericordia universal y con la tradición del “bautismo de sangre”, confirma que la Iglesia hoy reconoce la santidad y la salvación de los niños sin bautismo. Por tanto, en la actualidad se puede afirmar que el limbo ya no forma parte de la enseñanza de la Iglesia, ni siquiera como opinión teológica tolerada. No ha habido una definición dogmática explícita que “condene” el limbo, pero la praxis litúrgica y magisterial lo ha superado definitivamente. La Iglesia enseña que los niños muertos sin bautismo son confiados a la misericordia de Dios y que existe verdadera esperanza de su salvación. En síntesis: el limbo pertenece al pasado de la teología, pero no al presente de la fe católica. La discusión está cerrada en la práctica, porque el Magisterio actual ya no lo admite como opción legítima. (JG)

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Anexo

Habiendo individuado la que me ha parecido la tesis central de este texto, he aquí mi transcripción de este artículo del padre Giovanni Cavalcoli, pero sintetizado en un muy breve esquema según el método escolástico de Santo Tomás de Aquino, que prefiero ofrecer en lengua latina, de manera que pueda ser aprovechado no sólo por los lectores hispanohablantes, sino también por quienes pertenecen a otras tradiciones lingüísticas, particularmente los estudiantes de filosofía y teología.

Articulus unicus

Utrum pueri sine baptismo morientes vadant ad limbum

Ad hoc sic procediturVidetur quod pueri sine baptismo morientes vadant ad limbum.
1. Quia Augustinus docuit hos pueros levissimam poenam sustinere, et haec doctrina per saecula communis fuit, etiam in catechismis, ut Catechismo S. Pii X, proposita. Hoc videtur validum, quia innititur auctoritati Patris Ecclesiae et traditioni catecheticae quae multarum generationum fidem formavit.
2. Praeterea Concilium Florentinum statuit animas quae cum solo peccato originali moriuntur descendere ad infernum; unde deducebatur quod pueri non baptizati irent ad marginem superiorem inferni, qui limbus dicebatur. Hoc videtur fundatum, quia innititur textui conciliari et logicae doctrinae de peccato originali.
3. Item multi theologi tenuerunt quod, cum Christus praecipiat baptismum necessarium esse ad salutem, qui sine eo moriuntur in caelum intrare non possunt. Hoc videtur convincens, quia innititur literalitati verborum Domini et consuetudini Ecclesiae pueros baptizandi.
4. Denique quidam traditionalistae affirmant limbum esse doctrinam Ecclesiae, immutabilem et irreformabilem, quia a pontificibus et conciliis olim tradita est. Hoc videtur solidum, quia innititur ideae de continuatione doctrinali et auctoritate documentorum antiquorum.

Sed contra est quod Catechismus Ecclesiae Catholicae docet Ecclesiam pueros sine baptismo mortuos misericordiae Dei commendare et de spe salutis loqui. Commissio Theologica Internationalis anno 2007 declaravit limbum non esse doctrinam Magisterii, sed hypothesim theologicam revisibilem. Praeterea anno 2023 papa Franciscus beatificavit filium nondum natum familiae Ulma, eum martyrem agnoscens baptismo sanguinis, confirmans pueros sine baptismo non ire ad limbum, sed ad caelum. Scriptura proclamat: “Sinite parvulos venire ad me” (Mc 10,14), ostendens voluntatem universalem Christi eos in Regnum suum accipiendi.

Respondeo dicendum quod pueri sine baptismo morientes non vadunt ad limbum. Limbus fuit opinio theologica antiqua, ab Augustino et multis theologis defensa, sed numquam a Magisterio definita. Ecclesia paulatim intellexit amplitudinem misericordiae divinae et universalitatem voluntatis salvificae Dei. Baptismus est necessarius in ordine ordinario salutis, sed Deus potest supplere extraordinario modo, cum sacramentum sine culpa subiecti recipi non potest. Sic pueri nondum nati vel sine baptismo mortui gratia praeveniente Christi attinguntur, quae eos facit filios Dei et haeredes vitae aeternae. Beatificatio filii nondum nati Ulma confirmat hos pueros sanctitatem et visionem beatificam participare. Ideo hypothesis limbi superata est et iam ne uti quidem opinione theologica sustineri potest. Misericordia divina, maior quam humanae nostrae categoriae, parvulos ab electione quam facere non possunt dispensat et eos in caelum suscipit.
Conclusio: Pueri sine baptismo morientes non vadunt ad limbum, sed misericordiae Dei commendati salutem in caelo consequuntur.  

Ad primum dicendum quod doctrina Augustini de levissima poena fuit opinio theologica, numquam a Magisterio definita, et hodie superata per doctrinam de misericordia universali Dei.
Ad secundum dicendum quod Concilium Florentinum locutus est de animabus cum solo peccato originali ad infernum descendentibus, sed limbum non definivit; Ecclesia agnoscit gratiam posse ante mortem pueri intervenire, eum ad caelum ducens.
Ad tertium dicendum quod baptismus est necessarius in ordine ordinario, sed Deus potest supplere extraordinario modo, sicut ostendit doctrina de baptismo desiderii et sanguinis atque praxis recens Ecclesiae.
Ad quartum dicendum quod limbus numquam fuit doctrina Magisterii, sed opinio theologica; ideo sine contradictione relinqui potest, sicut confirmat Commissio Theologica Internationalis et beatificatio filii nondum nati Ulma.
   
JG

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